Saltar navegación

BOAM nº 9533 (20/12/2023)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

3768

Decreto de 18 de diciembre de 2023 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por el que se modifican las bases específicas por las que se regirá la convocatoria de pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas para el acceso a la categoría de Suboficial Conductor/a del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.

El Coordinador General de Seguridad y Emergencias ha formulado propuesta de modificación de las bases específicas que regirán la convocatoria de pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas para el acceso a la categoría de Suboficial Conductor/a del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, en cumplimiento del apartado 6.º 1.1 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

Mediante Decreto de 2 de diciembre de 2022 de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 9.278, de 7 de diciembre de 2022), se aprobaron las bases específicas por las que había de regirse la convocatoria de pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas para el acceso a la categoría de Suboficial Conductor/a del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid.

 

Posteriormente, a la vista de los recursos presentados, previo informe de la Jefatura del Cuerpo de Bomberos, se propone la modificación del apartado 3.1 de la base específica tercera "requisitos de los aspirantes", suprimiéndose el apartado b) "encontrarse prestando o en disposición de prestar servicio en la modalidad de atención directa al siniestro con la categoría de jefe/a de grupo conductor/a o sargento conductor/a", quedando redactado de la siguiente manera:

 

"3.1. Los/las aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en el apartado 4.1 de las bases generales que rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la promoción interna independiente de personal funcionario, deberán reunir los siguientes:

 

a) Pertenecer o haber pertenecido a la categoría de jefe/a de grupo conductor/a o cabo/a conductor/a y contar con seis años de antigüedad en las citadas categorías, computándose a estos efectos los servicios prestados en la categoría de sargento/a conductor/a en el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, o pertenecer a la categoría de sargento conductor/a y contar con dos años de antigüedad en dicha categoría.

 

Podrán participar, igualmente, los/las funcionarios/as de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en las categorías y antigüedad señaladas en el párrafo anterior en el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid por haber obtenido un puesto con carácter definitivo mediante los procedimientos de concurso o libre designación en función de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de Ordenación de Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005. Los/las aspirantes que se encuentren en esta situación deberán hacerlo constar expresamente en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, indicando la Administración de origen.

 

b) Estar en posesión y tener en vigor los permisos de conducir de vehículos de las categorías B, C+E y D".

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.5 del Acuerdo Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022 (BOAM núm. 8.307, de 2 de enero de 2019), la modificación de las bases fue sometida a la consideración de la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos en la sesión celebrada el día 29 de noviembre de 2023.

 

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 3.º 2.7 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, se atribuye la competencia de aprobar las bases de los procesos selectivos del Cuerpo de Policía Municipal, Bomberos y las categorías propias de SAMUR-Protección Civil, sin perjuicio de las competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, a la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

En consecuencia, en uso de las competencias mencionadas en el apartado anterior,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Modificar las bases específicas, aprobadas por Decreto de 2 de diciembre de 2022 de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias, por las que se regirá la convocatoria de pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, plazas de la categoría de Suboficial Conductor/a del Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, suprimiéndose como requisito de acceso al proceso selectivo, "encontrarse prestando o en disposición de prestar servicio en la modalidad de atención directa al siniestro con la categoría de jefe/a de grupo conductor/a o sargento conductor/a", quedando redactado el apartado 3.1 de la base específica tercera "requisitos de los aspirantes" de la siguiente manera:

 

"3.1. Los/las aspirantes, además de reunir los requisitos exigidos en el apartado 4.1 de las bases generales que rigen los procesos selectivos que convoque el Ayuntamiento de Madrid para la promoción interna independiente de personal funcionario, deberán reunir los siguientes:

 

a) Pertenecer o haber pertenecido a la categoría de jefe/a de grupo conductor/a o cabo/a conductor/a y contar con seis años de antigüedad en las citadas categorías, computándose a estos efectos los servicios prestados en la categoría de sargento/a conductor/a en el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid, o pertenecer a la categoría de sargento conductor/a y contar con dos años de antigüedad en dicha categoría.

 

Podrán participar, igualmente, los/las funcionarios/as de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en las categorías y antigüedad señaladas en el párrafo anterior en el Cuerpo de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid por haber obtenido un puesto con carácter definitivo mediante los procedimientos de concurso o libre designación en función de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de Ordenación de Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005. Los/las aspirantes que se encuentren en esta situación deberán hacerlo constar expresamente en la solicitud de admisión a las pruebas selectivas, indicando la Administración de origen.

 

b) Estar en posesión y tener en vigor los permisos de conducir de vehículos de las categorías B, C+E y D".

 

SEGUNDO.- Disponer la publicación de este decreto en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).

 

Subir Bajar