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BOAM nº 9917 (09/07/2025)
Coordinación General de la Alcaldía

2749

Resolución de 4 de julio de 2025 del Director General de la Oficina Digital por la que se aprueba la actuación administrativa automatizada para la inadmisión de los recursos de reposición extemporáneos de la Agencia Tributaria Madrid.

La modernización de la Administración exige mejoras continuas en la gestión administrativa, dando cumplimiento a las obligaciones de simplificación y racionalización de los procedimientos administrativos impuestas por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, lo que propicia, además, un avance en el uso de las nuevas tecnologías en las relaciones administrativas, persiguiendo que la tramitación electrónica constituya la actuación habitual de las administraciones.

 

La actuación administrativa automatizada está regulada en los artículos 41 y 42 de la Ley 40/2015, del 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en los artículos 13, 20 y 21 del Reglamento de actuación y funcionamiento del sector público por medios electrónicos, aprobado por el Real Decreto 203/2021, de 30 de marzo.

 

En el Ayuntamiento de Madrid, la actuación administrativa automatizada está regulada en los artículos 45 y 61 de la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por Acuerdo Plenario de 26 de febrero de 2019, que han sido desarrollados por el Acuerdo de 18 de noviembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices sobre actuación administrativa automatizada en el Ayuntamiento de Madrid.

 

La implantación como actuación administrativa automatizada de las inadmisiones de los recursos de reposición extemporáneos en el ámbito de competencias de la Agencia Tributaria Madrid, supondrá un avance respecto a la tramitación anterior, haciendo que dichas actuaciones sean más sencillas, eficientes, ágiles y fácilmente accesibles para los ciudadanos, suponiendo una mejora en la calidad de los servicios que se prestan y comportando una mayor sostenibilidad e inclusión de la ciudadanía, reduciendo los tiempos de tramitación.

 

Respecto a la definición funcional, desde el punto de vista del procedimiento y de la supervisión y control del funcionamiento de la actuación administrativa automatizada, así como a efectos de impugnación, es órgano responsable la Dirección de la Agencia Tributaria Madrid.

 

El Organismo Autónomo Informática del Ayuntamiento de Madrid es responsable de la definición de las especificaciones de diseño informático, programación, mantenimiento y supervisión, control de calidad y auditoría del sistema de información y del código fuente.

 

La validez de la actuación administrativa automatizada exige la incorporación de firma electrónica. La administración actuante utilizará el sistema de firma con código seguro de verificación (en adelante, CSV).

 

Para la identificación de las personas interesadas ante la administración, se utilizarán los sistemas de identificación previstos en el Acuerdo de 18 de noviembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba la Política de Identificación y Firma Electrónicas del Ayuntamiento de Madrid para los niveles de seguridad 3 (medio) y 4 (alto).

 

La competencia para proponer la actuación administrativa automatizada de la Agencia Tributaria Madrid corresponde al titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, de conformidad con el apartado 2.2 del anexo I del Acuerdo de 18 de noviembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueban las directrices sobre actuación administrativa automatizada en el Ayuntamiento de Madrid.

 

La aprobación de la actuación administrativa automatizada corresponde a la Dirección General de la Oficina Digital, conforme al apartado 9.º 1.1.k) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 9.º 1.1.k) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de la Coordinación General de la Alcaldía,

 

RESUELVO

 

PRIMERO.Aprobar la actuación administrativa automatizada para la inadmisión de los recursos de reposición extemporáneos de la Agencia Tributaria Madrid que se inserta como anexo.

 

SEGUNDO.La presente resolución surtirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", sin perjuicio de su publicación en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 4 de julio de 2025.- El Director General de la Oficina Digital, Fernando de Pablo Martín.

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