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BOAM nº 5743 (15/02/2007)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 8 de febrero de 2007 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba la Carta de Servicios del Instituto de Adicciones Madrid Salud.

Por Decreto del Alcalde de fecha 15 de noviembre de 2005 quedó regulado el sistema de Cartas de Servicio en el Ayuntamiento de Madrid.

 

El citado Decreto se basa en lo dispuesto en el artículo 124.4, letras g) y k) de la ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local y en el artículo 14.2 del Reglamento Orgánico del Gobierno y la Administración del Ayuntamiento de Madrid de 31 de mayo de 2004.

 

El Instituto de adicciones perteneciente al Organismo Autónomo Madrid Salud, tiene como finalidad la gestión de las políticas municipales en materia de drogodependencias y otros trastornos adictivos, en la ciudad de Madrid.

 

La elaboración de una Carta de Servicios se ubica en el contexto del proceso de modernización y racionalización de la organización local, y mas específicamente en el Plan de Calidad de Madrid Salud, que fue aprobado el 5 de marzo de 2004 y que responde a una nueva cultura organizativa orientada a los ciudadanos e inspirada en modelos de gestión de la calidad y participación ciudadana, siendo los factores y condiciones que justifican el desarrollo de la citada carta, el consumo de drogas, la drogodependencia y otros trastornos potencialmente adictivos, capacitación y sensibilización de las personas de la organización respecto a la calidad, la información de los ciudadanos sobre los servicios que presta el Instituto, nivel de calidad de los mismos y compromisos que se adoptan con la población. Esta Carta en definitiva persigue que los Servicios del Instituto de Adicciones Madrid Salud manifiesten de forma explícita su compromiso por la calidad y la mejora continua.

 

La Dirección General de Calidad y Atención al Ciudadano informa favorablemente al contenido de la misma y es la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid el Órgano competente para aprobar la citada Carta de Servicios de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del Decreto del Alcalde antes citado.

 

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid es el órgano competente para aprobar la citada Carta de Servicios de acuerdo con lo establecido en el artículo 7 del Decreto del Alcalde antes citado y 17.1.b) de la Ley de Capitalidad y Régimen Especial de Madrid de 4 de julio de 2006.

 

Por tanto, a propuesta del Concejal de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 8 de febrero de 2007

 

 

ACUERDA

 

"Aprobar la Carta de Servicios del Instituto de Adicciones de Madrid-Salud".

 

Madrid, 8 de febrero de 2007.- El Vicealcalde, Manuel Cobo Vega.

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