BOAM nº 9753 (06/11/2024)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
3815
Resolución de 4 de noviembre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se nombran Comisiones Delegadas de la Comisión Permanente de Selección-Órgano de selección de las pruebas selectivas para proveer 74 plazas de personal funcionario de carrera de la categoría de Diplomado/a en Trabajos Sociales del Ayuntamiento de Madrid.Mediante Resolución del Director General de Planificación de Recursos Humanos de 28 de noviembre de 2023 (BOAM núm. 9.520, de 29 de noviembre de 2023) se convocaron 74 plazas de personal funcionario de carrera para el acceso a la categoría de Diplomado/a en Trabajos Sociales del Ayuntamiento de Madrid.
Conforme a lo establecido en el apartado tercero de la resolución de convocatoria, la Comisión Permanente de Selección se encargará del desarrollo, calificación, impulso y evaluación del presente proceso selectivo. La citada comisión se creó por Acuerdo de 21 de mayo de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOAM núm. 8.644, de 22 de mayo de 2020) y se rige por el Acuerdo de 22 de septiembre de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba la composición y funcionamiento de la Comisión Permanente de Selección (BOAM núm. 9.231 de 27 de septiembre de 2022).
Mediante Resolución de 9 de abril de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.611, de 14 de abril de 2024) se nombraron los miembros de la Comisión Permanente de Selección-Órgano de selección de las pruebas selectivas para proveer 74 plazas de personal funcionario de carrera para el acceso a la categoría de Diplomado/a en Trabajos Sociales del Ayuntamiento de Madrid.
De acuerdo con lo establecido en las reglas de funcionamiento interno de la Comisión Permanente de Selección, aprobadas mediante Acuerdo de 22 de septiembre de 2022 (BOAM núm. 9.231, de 27 de septiembre de 2021), regla número 7.1: "La comisión designada como órgano de selección para cada proceso selectivo podrá elevar al órgano competente en materia de selección propuesta para designar comisiones delegadas. A tal fin, podrán ser designados miembros de las comisiones delegadas, tanto miembros de la comisión, como funcionarios de carrera de cuerpos o escalas para cuyo acceso sea requisito un nivel de titulación igual o superior al del cuerpo o escala en cuya selección vayan a intervenir".
Asimismo, en la regla 7.2, se establece que "Las comisiones delegadas estarán compuestas por un presidente, un vocal y un secretario, que tendrá la condición de miembro de la comisión, y sus correspondientes suplentes, siendo necesaria para su constitución y actuación la asistencia de tres de ellos. Los suplentes deberán reunir los requisitos previstos en el apartado 7.1. Las comisiones delegadas no podrán estar formadas mayoritariamente por funcionarios pertenecientes al mismo cuerpo o escala en cuyo proceso de selección participen. Podrán designarse varias comisiones delegadas para un mismo proceso selectivo cuando el elevado número de plazas convocadas o de solicitudes presentadas así lo requiera. Las comisiones delegadas actuarán indistintamente con sus miembros titulares o suplentes. En el caso de que se designe más de una comisión delegada para un mismo proceso selectivo, los suplentes podrán actuar indistintamente en cualquiera de ellas. Las comisiones delegadas dispondrán de las competencias necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios, en los términos que se prevean en las resoluciones por las que se designen".
Por otro lado, el apartado 7.3 de las bases generales que rigen este proceso selectivo, aprobadas por Resolución de 9 de julio de 2020 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 8.683, de 14 de julio de 2020) establece que no pueden formar parte de los órganos de selección el personal de elección o designación política, los/las funcionarios/as interinos/as, el personal eventual y el personal laboral o funcionario que hubiesen realizado tareas de preparación de aspirantes a pruebas selectivas en los cinco años anteriores a la publicación de la correspondiente convocatoria. Dicho apartado establece también que todos los miembros deberán poseer titulación de igual nivel o superior a la exigida para el acceso a las plazas convocadas y ser funcionarios/as de carrera, no pudiendo estar formados mayoritariamente por funcionarios/as pertenecientes al mismo cuerpo o escala objeto de la selección. Además, todos ellos deberán ajustarse a los principios de imparcialidad y profesionalidad de sus miembros y responderán al principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres.
En ejercicio de las competencias atribuidas y vista la propuesta efectuada por la Comisión Permanente de Selección-Órgano de selección de las pruebas selectivas para proveer 74 plazas de personal funcionario de carrera para el acceso a la categoría de Diplomado/a en Trabajos Sociales del Ayuntamiento de Madrid, en sesión celebrada con fecha 31 de octubre de 2024.
RESUELVO
PRIMERO.- Nombrar las siguientes comisiones delegadas de la Comisión Permanente de Selección-Órgano de selección de las pruebas selectivas para proveer 74 plazas de personal funcionario de carrera para el acceso a la categoría de Diplomado/a en Trabajos Sociales del Ayuntamiento de Madrid, convocadas por Resolución de 28 de noviembre de 2023 del Director General de Planificación de Recursos Humanos. Dichas comisiones delegadas ejercerán las competencias necesarias para su adecuado funcionamiento, incluyendo la calificación de los ejercicios:
COMISIÓN DELEGADA 1.ª
PRESIDENTE: D. Ángel Luis Maroto Sáez.
SECRETARIO: D. Vicente Hernández Sánchez.
VOCAL: D.ª Patricia Orden Quinto.
COMISIÓN DELEGADA 2.ª
PRESIDENTA: D.ª Natalia Masegosa Codesal.
SECRETARIA: D.ª Carmen de la Torre Guijarro.
VOCAL: D. Emilio Barrios Bobillo.
SEGUNDO.- Nombrar los miembros suplentes de presidente/a, secretario/a y vocal, que podrán actuar indistintamente en cualquiera de las comisiones delegadas y en cualquiera de los cargos reseñados en el punto anterior.
SUPLENTES DE PRESIDENTE/A, SECRETARIO/A Y VOCAL:
D.ª María Mercedes Portero Cobeña.
D. Santiago Fuentes Martín.
D.ª María del Pilar Peinado Labrada.
D.ª María Garabandal Martín de León.
TERCERO.- Nombrar observadoras titulares, de las comisiones delegadas a las personas que se detallan a continuación, las cuales podrán actuar indistintamente en cualquiera de las dos comisiones delegadas.
COMISIÓN DELEGADA 1.ª
OBSERVADORA:
D.ª María Carmen Lara Gonzalo.