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BOAM nº 5760 (14/06/2007)
Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad

1468

Decreto de 25 de mayo de 2007 del Concejal del Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad por la que se hace pública la encomienda de gestión realizada por Samur-Protección Civil de la Dirección General de Emergencias al Organismo Autónomo Madrid Salud.

Al haberse suscrito con fecha 25 de mayo de 2007 encomienda de gestión de Samur-Protección Civil de la Dirección General de Emergencias al Organismo Autónomo Madrid Salud, de conformidad con el artículo 15.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público el texto que figura como Anexo a esta Resolución.

 

De una parte, D Pedro Calvo Poch, Concejal de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad por delegación del Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Madrid, según lo dispuesto en el Acuerdo de Junta de Gobierno de 27 de julio de 2006 por el que se aprueba la organización y estructura del Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad y se delegan competencias en su titular y en los titulares de los órganos directivos.

 

De otra, D. José Manuel Torrecilla Jiménez, Gerente del Organismo Autónomo "Madrid Salud" en representación de dicho Organismo, en virtud de nombramiento de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 23 de diciembre de 2004, así como lo establecido en el artículo 15 de los Estatutos de "Madrid Salud, aprobados por el Ayuntamiento Pleno en su sesión de 19 de noviembre de 2004 (BOCM de 16 de diciembre de 2004).

 

Exponen:

 

Primero: Que Samur-Protección Civil, de la Dirección General de Emergencias y Protección Civil del Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad precisa contar, para el ejercicio de su actividad diaria, con el adecuado suministro de medicamentos. Para ello, desde el año 2002, Samur-Protección Civil contaba con la consideración de Depósito de Medicamentos en su sede de la Plaza de Legazpi, instrumentado a través de autorización al efecto de la Comunidad de Madrid, debiendo adscribirse dicho Depósito bien a una Oficina de Farmacia o a un Servicio de Farmacia autorizado, en cumplimiento de las exigencias legales.

   

  Segundo: Que Madrid Salud, Organismo Autónomo adscrito al Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad, cuenta con un Servicio de Farmacia, acreditado, ubicado en la calle Montesa, 22 de Madrid, obtenido al amparo de lo dispuesto en el Decreto 110/1997, de 11 de septiembre sobre Autorización de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios de la Comunidad de Madrid. Asimismo entre sus competencias figura la dirección, gestión, supervisión y evaluación de las actividades preventivas sanitarias y asistenciales de los Centros y establecimientos sanitarios de competencia municipal, resolución de las cuestiones relacionadas con el desarrollo de sus actividades, coordinándolas entre sí y con las acciones de salud a cargo de las Entidades Públicas y Organismos Autónomos que ejercen funciones asistenciales, de acuerdo con la normativa que en todo momento establezca el órgano planificador del Estado y prevea la Ley General de Sanidad y el resto de la normativa aplicable.

 

  Tercero: Que con motivo del traslado de las dependencias, desde Legazpi a Ronda de las Provincias, en la Casa de Campo, se ha gestionado ante la Comunidad de Madrid que el Depósito de medicamentos de Ronda de las Provincias sea encomendado al Servicio de Farmacia de Madrid Salud, sito en la calle Montesa, 22, idea ésta indicada por los servicios responsables de la Comunidad de Madrid, en aras de una mayor eficiencia, al existir ya, dentro del Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad, un Servicio de Farmacia acreditado por la Comunidad de Madrid.

 

  Cuarto: Que tanto Madrid Salud como el Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad y los servicios de Samur-Protección Civil consideran positiva la solución ofrecida por la Comunidad de Madrid, en la medida en que mejora la coordinación de ambos servicios mejorando así la eficiencia de ambos.

 

  Quinto: Que la adscripción del Depósito de medicamentos de Samur al Servicio de Farmacia de Madrid Salud conlleva que los aprovisionamientos de medicamentos de uso por Samur se realicen por Madrid Salud.

   

  Por todo lo expuesto, y con el objeto de establecer las condiciones en las que ambas entidades colaborarán para la consecución de los fines establecidos, se tramita la suscripción de la presente Encomienda de Gestión con arreglo a las siguientes:

 

  Estipulaciones

 

  Primera: Objeto del Acuerdo

  El objeto del presente Acuerdo es la encomienda de la gestión del Depósito de Medicamentos de Samur-Protección Civil al Servicio de Farmacia del Organismo Autónomo Madrid Salud, durante el ejercicio 2007.

 

  Segunda: Obligaciones de las partes.

  Madrid Salud llevará a cabo las siguientes actuaciones:

  Suministro, de acuerdo con los procedimientos establecidos en el Real Decreto Legislativo 2/2000 de 16 de junio por el que se aprueba el Texto refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, de los medicamentos que Samur-Protección Civil precisa anualmente en su actividad diaria. Para ello Madrid Salud tramitará los expedientes de contratación que procedan, debiendo Samur determinar los medicamentos, número de unidades, precios y características de los mismos que Madrid Salud debe adquirir, con la suficiente antelación para la correcta tramitación del expediente.

  Si como consecuencia de los procesos de licitación resultaran bajas, éstas serán destinadas por Madrid Salud a incrementar los aprovisionamientos a Samur-Protección Civil, siempre de acuerdo con las necesidades planteadas por Samur.

  Supervisión y control, por parte de la farmacéutica titular del Servicio de Farmacia, del Depósito de medicamentos de Samur-Protección Civil en Ronda de las Provincias, así como recepción de los medicamentos destinados a Samur-Protección Civil.

  Samur-Protección Civil llevará a cabo las siguientes actuaciones:

  Apoyo, por parte del personal de farmacia y auxiliar de este tipo con que cuenta Samur-Protección Civil para la gestión del Depósito de medicamentos por parte de Madrid Salud. Para este fin Samur aportará, durante todo el periodo de vigencia de la presente encomienda, un Licenciado en Farmacia al 50 % de su jornada semanal, en concreto acudirá tres días al Servicio de Farmacia de Madrid Salud y dos días al Deposito de fármacos del Samur, de lunes a viernes laborables, en turno de mañana, y en caso de ausencia del anterior por vacaciones, permisos etc. será sustituido por un auxiliar de Farmacia en el mismo horario y jornada, con funciones de apoyo administrativo .

  Aportación económica de los importes que suponga el Suministro de los medicamentos destinados a su Depósito.

   

  Tercera: Presupuesto.

  El Presupuesto de las actuaciones objeto de la Encomienda de Gestión para 2007 asciende a 55.000 € incluido IVA (4%), cantidad que se financiará íntegramente por el Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad, con cargo a la partida 001/070/222.00/410.08, desde la cual se transferirán los créditos a la cuenta corriente de Madrid Salud determinada en la Estipulación Cuarta.

   

  Cuarta: Régimen de pagos.

  El Área de Gobierno de Seguridad y Servicios a la Comunidad realizará una única transferencia en el ejercicio 2007 a la Cuenta corriente de Madrid Salud 2038 0626 02 6000083930 por importe de 55.000 €, una vez publicada la Encomienda de Gestión, procediendo el Organismo Autónomo a tramitar la contratación del suministro determinado por Samur- Protección Civil con cargo a dicho importe.

   

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