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BOAM nº 8717 (31/08/2020)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

1397

Acuerdo de 27 de agosto de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avoca la competencia para la ejecución de las obras de remodelación de la Plaza del Carmen y rehabilitación de su aparcamiento subterráneo, y se delega en la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

La Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras, del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, tras la realización de estudios preliminares para la redacción del proyecto de remodelación de la Plaza del Carmen, concluyó en su informe de 30 de marzo de 2020, en la imposibilidad de abordar la remodelación de la Plaza del Carmen sin afectar de manera profunda al aparcamiento subterráneo ubicado en la misma plaza por la indisoluble interdependencia física entre ambas estructuras.

 

El contrato para la construcción y explotación de dicho aparcamiento fue acordado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 29 de febrero de 1968, habiendo finalizado la concesión el 14 de mayo 2020.

 

Por ello, la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad, del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, considera necesario, en el marco de la licitación del nuevo contrato de concesión del servicio público del referido aparcamiento, abordar una remodelación de la citada infraestructura al objeto de resolver los problemas de filtraciones y su adecuación a la normativa actual que, según informe de los servicios técnicos municipales de fecha 7 de mayo de 2020, requiere actuar sobre la plaza en superficie.

 

De conformidad con lo previsto en el apartado 10.º 1.2 f) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, corresponde a la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras la competencia de redactar, planificar y ejecutar las obras de urbanización o de infraestructuras urbanas en el espacio público que sean competencia de esa Dirección General.

 

Asimismo, de acuerdo con lo establecido en el apartado 14.º 1.1 a) del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad tiene delegada la competencia para regular, promover, gestionar administrativamente e inspeccionar los aparcamientos de titularidad municipal ya sean de uso residencial, rotacional o mixto o disuasorio.

 

No obstante, existen razones técnicas que aconsejan que la ejecución del proyecto de remodelación del espacio público de la Plaza del Carmen y rehabilitación de su aparcamiento subterráneo sea asumido en su totalidad por la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad, por lo que el objeto de la citada concesión incluirá ambas obras, así como la explotación del servicio público de aparcamiento.

 

Dichas razones derivan de la imposibilidad de abordar la remodelación de la Plaza del Carmen sin afectar de manera profunda al aparcamiento subterráneo dada la indisoluble interdependencia física entre ambas estructuras, ya que la plaza es la cubierta del aparcamiento y porque constructivamente las servidumbres son tantas que sólo se pueden acometer conjuntamente para el éxito de ambas. En consecuencia, es necesaria la redacción de un único proyecto de construcción integral que resuelva en una actuación unificada los problemas de cada espacio y de respuestas a las demandas y necesidades de adaptación tanto del aparcamiento como de la plaza, atendiendo de forma equilibrada a todas las necesidades.

 

Para ello, resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque la competencia previamente delegada en la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras conforme a lo dispuesto en el apartado 10.º 1.2 f) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, y que tal competencia sea posteriormente delegada en la Dirección General de Planificación e infraestructuras de Movilidad, del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, única y exclusivamente en lo relativo la ejecución del proyecto de remodelación del espacio público de la Plaza del Carmen y rehabilitación de su aparcamiento subterráneo.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos y del titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 27 de agosto de 2020,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Avocar la competencia delegada en la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras en el apartado 10.º 1.2 f) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, única y exclusivamente en lo relativo a la ejecución del proyecto de remodelación del espacio público de la Plaza del Carmen y rehabilitación de su aparcamiento subterráneo.

 

SEGUNDO.- Delegar en la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad, del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad, la competencia avocada en el apartado primero.

 

Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dicha actuación se ejercerán de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.

 

TERCERO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.

 

CUARTO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad a dictar los decretos precisos para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo.

 

QUINTO.- Se faculta a la titular de la Coordinación General de la Alcaldía para resolver las dudas que pudieran surgir en la interpretación y aplicación del presente acuerdo.

 

SEXTO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid y en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

SÉPTIMO.- Del presente acuerdo se dará cuenta al Pleno, a fin de que quede enterado del mismo.

 

Madrid, a 27 de agosto de 2020.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, P.S., Acuerdo de 16 de julio de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, la suplente del titular de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, María del Carmen Toscano Ramiro.

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