BOAM nº 10058 (04/02/2026)
Agencia para el Empleo de Madrid
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Resolución de 2 de febrero de 2026 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se rectifica error material advertido en la Resolución de 27 de enero de 2026 por la que se convoca el concurso general de méritos para la provisión restringida al Ayuntamiento de Madrid de puestos de trabajo FG-AEM-001/2026.Se ha advertido error en la Resolución de 27 de enero de 2026 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se convoca el concurso general de méritos para la provisión restringida de puestos de trabajo FG-AEM-001/2026, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 2 de febrero de 2026. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (en adelante, LPAC) se procede a su corrección. En su virtud y en uso de las competencias previstas en los estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid,
RESUELVO
PRIMERO.- Rectificar error material ya que no se ha incluido el anexo de agrupadores correspondiente.
SEGUNDO.- Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, 30267736 Adjunto/a a Sección. Las instancias que se hubieran presentado dentro del plazo inicialmente previsto continuarán produciendo efectos siempre que cumplan los requisitos establecidos en esta resolución de rectificación o no se vean afectadas por ella.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
Recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con los artículos 30, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa y disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.
Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar cualquier otro recurso que se estime procedente.
Madrid, a 2 de febrero de 2026.- El Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid (P.S. Decreto de 12 de enero de 2026 de la Delegada del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda), el Subdirector General de Administración y Gestión Económico-Financiera, Luis Navas López.