BOAM nº 9156 (10/06/2022)
Agencia Tributaria Madrid
1785
Resolución de 8 de junio de 2022 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se resuelve el procedimiento para la asignación de funciones relativas a la práctica de notificaciones a funcionarios en la Agencia Tributaria Madrid N-1/2022, convocado por Resolución de 29 de abril de 2022 de esta Dirección.Por Resolución de 29 de abril de 2022 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 5 de mayo de 2022, se convocó procedimiento para la asignación de funciones relativas a la práctica de notificaciones a funcionarios en la Agencia Tributaria Madrid N-1/2022.
Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes se han evaluado los méritos alegados por las/os participantes de acuerdo con las disposiciones contenidas en las bases específicas del procedimiento y el resto de normativa de aplicación. De acuerdo con el orden de prioridad obtenido por cada participante que figura en el Anexo I, se eleva la propuesta de resolución a la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, en aplicación del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 26 de febrero de 2009 se aprobó el Acuerdo de la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos de 22 de diciembre de 2008 sobre sobre atribución a determinado personal de las funciones de agente notificador, y conforme a lo dispuesto en los Decretos de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal de 24 de marzo y 11 de abril de 2022, se estableció en diez el número de agentes notificadores en el ámbito de la Agencia Tributaria Madrid.
Así y en virtud del artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, aprobados el 22 de diciembre de 2008, por los que se atribuye a la Directora, entre otras, la dirección y gestión del personal,
RESUELVO
PRIMERO.- Resolver el procedimiento para la asignación de funciones relativas a la práctica de notificaciones a funcionarios en la Agencia Tributaria Madrid N-1/2022, convocado por Resolución de 29 de abril de 2022 de esta Dirección, de acuerdo con la propuesta formulada por la Subdirección General de Secretaría General.
El desarrollo del procedimiento se ha realizado de conformidad con lo dispuesto en las bases específicas de la convocatoria, en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 26 de febrero de 2009 se aprobó el Acuerdo de la Mesa General de Negociación del Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos de 22 de diciembre de 2008 sobre sobre atribución a determinado personal de las funciones de agente notificador y conforme a lo dispuesto en los Decretos de la Delegada del Área de Gobierno de Hacienda y Personal de 24 de marzo y 11 de abril de 2022, se estableció en diez el número de agentes notificadores en el ámbito de la Agencia Tributaria Madrid.
SEGUNDO.- Asignar las funciones de notificación conforme a la determinación del orden de prioridad atribuido al personal determinado en el Anexo I. La adscripción a las funciones de notificación lo será por un año, prorrogable automáticamente de año en año, de no efectuarse indicación en contra por el funcionario. La comunicación en este sentido deberá formularse por escrito y con un preaviso de tres meses de antelación a la fecha de cumplimiento de cada año de servicio como agente notificador.
TERCERO.- La presente resolución tendrá efectos a partir del día 1 de julio de 2022 previa publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
1. Recurso potestativo de reposición, ante el mismo órgano que dictó el acto, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción tenga su domicilio el/la demandante o en los de Madrid, a elección de aquel/aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 14.1.2ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Todo ello, sin perjuicio de que los/las interesados/as puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 8 de junio de 2022.- La Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, Gema T. Pérez Ramón.