Saltar navegación

BOAM nº 9885 (26/05/2025)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2063

Acuerdo de 22 de mayo de 2025 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueban las directrices para la sostenibilidad de los eventos en la ciudad de Madrid.

La celebración de eventos en las ciudades conlleva una elevada concentración temporal y espacial de personas, actividades y recursos que tienen como consecuencia la generación de impactos negativos sobre el medio ambiente.

 

En los últimos años, los eventos culturales, deportivos o profesionales han incrementado su número y magnitud en la ciudad de Madrid, aumentando significativamente la presión sobre recursos, infraestructuras y sistemas ambientales de la ciudad.

 

Mediante Acuerdo del Pleno de 30 de marzo de 2021 se aprobó en sesión ordinaria la Ordenanza 4/2021 de Calidad del Aire y Sostenibilidad. Con el fin de lograr la sostenibilidad de los eventos, esta ordenanza exige, en su disposición adicional primera, que todos aquellos eventos que tengan impacto en el medio ambiente adopten las medidas preventivas y correctoras adecuadas para evitar efectos ambientales negativos en materia de ruidos y vibraciones, emisión de gases y partículas contaminantes, olores, vertidos, gestión de residuos y limpieza, contaminación lumínica, zonas verdes, biodiversidad y ocupación de suelo y consumo de recursos naturales, cumpliendo con las directrices que al respecto determine el Ayuntamiento.

 

De esta forma, en aquellos eventos en los que se prevea una asistencia superior a 5.000 personas, conforme al apartado segundo de la citada disposición adicional primera, los promotores deben presentar ante la administración municipal, con anterioridad a su celebración, una memoria en la que se analice el impacto medioambiental del evento y se recojan las medidas preventivas, correctoras y compensatorias necesarias para garantizar su sostenibilidad, de forma que se minimicen los potenciales impactos ambientales negativos en el medio ambiente exterior y se deje un legado sostenible beneficioso para la comunidad y todos los públicos involucrados. Entre las medidas exigidas, además de la elaboración del análisis de la huella de carbono y la compensación de las emisiones de efecto invernadero, se requiere fomentar la corresponsabilidad de los participantes en el evento y cumplir con las directrices que determine el Ayuntamiento.

 

A tal efecto, la disposición final cuarta de la ordenanza establece que el Ayuntamiento aprobará unas directrices sobre sostenibilidad de los eventos conforme a lo previsto en la disposición adicional primera.

 

En su virtud, de conformidad con el artículo 17.1 b) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y la disposición adicional primera y final cuarta de la Ordenanza 4/2021, de 30 de marzo, de Calidad del Aire y Sostenibilidad, a propuesta del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 22 de mayo de 2025,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Aprobar las directrices para la sostenibilidad de los eventos en la ciudad de Madrid, que se insertan como anexo.

 

SEGUNDO.- Las directrices para la sostenibilidad de los eventos en la ciudad de Madrid serán aplicables a la valoración e informe de las memorias de sostenibilidad de eventos que se presenten una vez sea eficaz el presente acuerdo.

 

TERCERO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente acuerdo.

 

CUARTO.- Se faculta al titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad para dictar cuantas resoluciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución del presente acuerdo, así como para resolver las dudas que pudieran surgir en su interpretación y aplicación.

 

QUINTO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

Madrid, a 22 de mayo de 2025.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

Subir Bajar