BOAM nº 5796 (21/02/2008)
Distrito de Villa Vallecas
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Resolución de 18 de febrero de 2008 de la Gerente del Distrito de Villa de Vallecas, expediente 120/2007/01554, por la que se ordena la publicación de la imposición de una sanción a Importaciones Cardoso Peñaloza, S.L."De conformidad con lo establecido en el art. 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se publica la siguiente notificación:
Titular: Importaciones Cardoso Peñaloza, S.L.
Situación: Calle Sierra Vieja, 56.
Ref. expte. 120/2007/01554.
La Gerente del Distrito de Villa de Vallecas, mediante resolución de fecha 4 de diciembre de 2007 y según el Decreto del Alcalde y la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 18 de junio de 2007, por el que establece la organización y competencias de las Juntas de Distrito, sus concejales Presidente y los Gerentes del Distrito, ha dispuesto:
"1º.- Estimar parcialmente las alegaciones formuladas el 12 de junio de 2007 por D. Félix Cardoso Díaz, en representación de Importaciones Cardoso Peñaloza, S.L., dado que si bien de lo alegado no resulta modificada la determinación inicial de los hechos, su posible calificación o las responsabilidades consideradas en la incoación del presente expediente sancionador, puesto que de las mismas no se infiere que no se hayan producido los hechos constitutivos de infracción, sino, antes bien, que el interesado reconoce los mismos, se considera circunstancia atenuante el restituir la legalidad infringida.
2º.- Imponer a Importaciones Cardoso Peñalosa, S.L., sanción de setecientos euros (700) como autor de las siguientes infracciones leves cometidas el día 16 de marzo de 2007, en local sito en la calle Sierra Vieja, 56 y dedicado a la actividad de repostería y fiambre con obrador: 1.- Condiciones higiénico-sanitarias de todas las dependencias inadecuadas al uso al que se destinan. En el obrador hay garrafas vacías tiradas, restos de suciedad en suelo y paredes, se almacenan botellas de gas en él, hay sacos de harina depositados directamente sobre el suelo, hay paños en malas condiciones de limpieza. En el almacén hay productos en contacto directo con el suelo, un anorak tirado, armarios utilizados como almacén en malas condiciones de orden y limpieza. En el aseo hay ropa y zapatos tirados. En la sala de venta hay un cubo grande de basura y acúmulo de suciedad en superficies. 2.- Carece de cuarto de basuras. 3.- En el depósito de jabón líquido del aseo está vacío y el secamanos averiado. 4.- Carece de cartel indicador del horario de atención al público. 5.- Carece de hojas de reclamaciones a disposición del consumidor y de cartel informativo de la disposición de las mismas.
Las infracciones descritas están tipificadas en los artículos 17.2, 16.2, 32.3, 7.1b) y 9 respectivamente de la Ordenanza del comercio minorista de la alimentación del Ayuntamiento de Madrid de 27 de marzo de 2003. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 52.2 y 53.1 de la Ley 11/1998, de 9 de julio, de Protección de los Consumidores de la Comunidad de Madrid y el Decreto 245/2000, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento para el Ejercicio de la Potestad Sancionadora por la Administración de la Comunidad de Madrid".
El importe de la sanción podrá hacerlo efectivo mediante abonaré que podrá retirar en la Sección de Procedimiento Sancionador del Distrito de Villa de Vallecas, en el Paseo Federico García Lorca, 12 de 9 a 14 horas de lunes a viernes y durante el plazo de un mes.
Lo que le comunico para su conocimiento, efecto y exacto cumplimiento advirtiéndole que esta resolución pone fin a la vía administrativa, y contra la misma podrá interponer los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, previo al recurso contencioso administrativo, ante la Gerente de esta Junta de Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 107, 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).
II.- Directamente, recurso contencioso administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, en virtud de lo establecido en el art. 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Igualmente, podrá interponer este recurso en el plazo de seis meses, contados desde el día siguiente a aquel en que deba entenderse desestimado el recurso de reposición interpuesto, de conformidad con los artículos 116 y 117 de la citada Ley 30/1992 y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa.
III.- No obstante podrá interponer cualquier otro recurso que considere pertinente para la defensa de sus derechos, de acuerdo con lo establecido en el artículo 58.2 de la citada Ley 30/1992.
Madrid, a 18 de febrero de 2008.- La Gerente del Distrito de Villa de Vallecas, María del Mar Angulo Pérez.