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BOAM nº 10138 (02/06/2026)
Agencia para el Empleo de Madrid

2096

Resolución de 27 de mayo de 2026 del Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid por la que se tienen por desistidas dos ayudas asistenciales que han sido presentadas durante el año 2026 por una persona de este Organismo Autónomo.

En el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, número 8.307, de 2 de enero de 2019, se publicó el Acuerdo de 27 de diciembre de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, por el que se aprueba el Acuerdo-Convenio sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y de sus Organismos Autónomos para el período 2019-2022 (prorrogado de conformidad con las previsiones previstas en el artículo 4.1), que establece en su artículo 32 que las ayudas asistenciales consistirán en el abono de una ayuda económica destinada a compensar, en parte, los gastos abonados en cualquiera de los conceptos relacionados en este acuerdo, tanto si los gastos traen causa del propio personal municipal como si se han ocasionado por causa de cualquier otro miembro de su unidad familiar entendida ésta conforme a la normativa de Seguridad Social o del IRPF.

 

Podrá solicitar esta ayuda el personal a que se refiere el artículo 27.1 y 27.2 de este Acuerdo-Convenio.

 

La cuantía máxima a percibir no podrá superar los 615,14 € al año, con independencia del concepto o persona beneficiaria por los que se perciba la ayuda.

 

Por acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 20 de noviembre de 2025 se aprobaron las bases generales y específicas de ayudas de acción social para el año 2026. Fueron publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 24 de noviembre de 2025.

 

Mediante Resolución de 26 de mayo de 2026 del Gerente de la Agencia para el Empleo, se han dado por desistidas las solicitudes de una persona solicitante por no haber subsanado los defectos de las facturas que acompañaban a las solicitudes, conforme a las bases reguladoras de la ayuda y en aplicación del artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Por todo lo expuesto, en ejercicio de las competencias establecidas en el artículo 15.1 k) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid (BOCAM n.º 154 de 30 de junio),

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Declarar el desistimiento de las solicitudes de ayudas de asistenciales n.º 1151132 y 1161120, a una persona trabajadora de la Agencia para el Empleo de Madrid, por no subsanar la falta o acompañar los documentos requeridos.

 

SEGUNDO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la intranet municipal Ayre (https://ayre.madrid.es).

 

TERCERO.- Ordenar la inserción de la información de la persona solicitante, relativa a las solicitudes de Ayudas asistenciales que se declara desistida, en la aplicación de acción social con fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

CUARTO.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el término de un mes contado a partir del día siguiente al de la recepción de esta notificación de conformidad con los artículos 30.4, 123 y 124 de la LPAC o bien directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la notificación, ante la Sección del Tribunal de Instancia de Madrid competente, artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, teniendo en cuenta lo dispuesto en la disposición adicional primera de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia.

 

Todo ello sin perjuicio de que la persona interesada pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro que estime procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de la LPAC).

 

Madrid, a 27 de mayo de 2026.- El Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, José Aniorte Rueda.

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