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BOAM nº 9380 (10/05/2023)
Distrito de Ciudad Lineal

1512

Decreto de 26 de abril de 2023 del Concejal Presidente del Distrito de Ciudad Lineal por el que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la convocatoria para el otorgamiento, mediante pública concurrencia, de la autorización demanial de uso de las instalaciones deportivas básicas del Distrito de Ciudad Lineal.

Mediante Decreto de 26 de abril de 2023 del Concejal Presidente del Distrito de Ciudad Lineal se ha dispuesto aprobar las bases reguladoras que han de regir la convocatoria para la cesión de las instalaciones deportivas básicas del Distrito de Ciudad Lineal a favor de entidades y colectivos ciudadanos sin ánimo de lucro y disponer su convocatoria mediante la publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid.

 

BASES REGULADORAS DEL OTORGAMIENTO, MEDIANTE PÚBLICA CONCURRENCIA, DE LA AUTORIZACIÓN DEMANIAL DE USO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS BÁSICAS DEL DISTRITO DE CIUDAD LINEAL

 

1. Objeto.

 

1.1. El objeto de las presentes bases es establecer las condiciones y los criterios específicos que regirán la gestión de los espacios públicos deportivos de proximidad que figuran en las mismas para el desarrollo de proyectos de cooperación público-social, todo ello de conformidad con las previsiones establecidas en el artículo 19.5 de la Ordenanza de Cooperación Público-Social del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por Acuerdo de Pleno de 30 de mayo de 2018.

 

1.2. La gestión de los espacios públicos deportivos de proximidad objeto de las presentes bases, para el desarrollo de actividades en el ámbito de la cooperación público-social, se regirá por lo establecido en la Ley 33/2003, de 2 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas, en el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, así como en la restante legislación vigente en materia patrimonial, y conforme a lo previsto en la Ordenanza de Cooperación Público Social del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por Acuerdo de Pleno de 30 de mayo de 2018.

 

2. Finalidad y principios de los proyectos deportivos objeto de las presentes bases.

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 4.c) de la Ordenanza de Cooperación Público Social del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por Acuerdo de Pleno de 30 de mayo de 2018, el régimen en el que se enmarcan los proyectos de cooperación público-social que son objeto de las presentes bases es el de gestión social, consistente en la modalidad de puesta en práctica de una actividad en un espacio cedido al uso con la finalidad de desarrollar proyectos de interés público y social en beneficio de la comunidad con vocación de estabilidad y continuidad.

 

Los proyectos deportivos que se desarrollen en el marco de la gestión de espacios públicos deportivos de proximidad en régimen de cooperación público-social regulados por las presentes bases incluirán actividades sociales vinculadas a la promoción y práctica del deporte y de actividades de ocupación del tiempo libre que redunden en el desarrollo de estrategias saludables de vida, en la dinamización e integración social, y en el fomento de los valores cívicos a través de la práctica deportiva, enmarcadas en el ámbito objetivo de la cooperación público-social y sirviendo a las siguientes finalidades y principios:

 

a) Garantizar el acceso de la ciudadanía a los recursos y bienes públicos, optimizando la utilización de estos y su uso sostenible, con el fin de reportar el máximo beneficio al conjunto de la sociedad.

 

b) Promocionar el deporte para el desarrollo de los valores personales y sociales y de la ocupación del tiempo libre, como instrumentos para la cohesión social y el desarrollo comunitario y reequilibrio territorial del distrito a través de la dinamización e integración social y el fomento de valores cívico-sociales.

 

c) Fomentar el asociacionismo deportivo y la colaboración del Ayuntamiento de Madrid con las organizaciones deportivas y entidades ciudadanas sin ánimo de lucro.

 

d) Fomentar la participación del tejido social del Distrito de Ciudad Lineal en la promoción de actividades que contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la ciudadanía madrileña.

 

e) Promover y facilitar la práctica del deporte de base para todos los ciudadanos y, en particular, entre los escolares y los grupos de población más desfavorecidos.

 

f) Favorecer, a través de la práctica de la actividad física y el deporte, el desarrollo de proyectos sociales y educativos que incrementen la rentabilidad social de las instalaciones deportivas municipales básicas, mediante actividades orientadas al cumplimiento de fines sociales, de cohesión social e igualdad de oportunidades y género, equidad, inclusión social, educativos o socio-saludables, de impulso del desarrollo comunitario, de promoción de la participación ciudadana, entre otros de naturaleza similar que resulten de interés público y social.

 

3. Identificación y descripción de las instalaciones.

 

A los efectos de las presentes bases se entienden por espacios públicos deportivos de proximidad las siguientes instalaciones deportivas básicas:

- Instalación deportiva básica "Almudena". Parcela situada en la calle Nicolás Salmerón, n.º 6, de las siguientes dimensiones:

- Superficie total de la parcela: 6.253 m2.

- Superficie total construida de vestuarios: 136,30 m2.

- Superficie de césped artificial: 5.040 m2.

 

Consta de las siguientes unidades:

- 1 campo de fútbol 11 de césped artificial (2 campos de fútbol 7).

- 2 vestuarios para jugadores.

- 1 vestuario de árbitros.

- 2 servicios públicos.

- 1 oficina.

- 1 almacén.

- 1 graderío.

 

- Instalación deportiva básica "Trece Rosas". Parcela situada en la avenida de las Trece Rosas, 3 B, de las siguientes dimensiones:

- Superficie total de la parcela: 10.222 m2.

- Superficie total construida de vestuarios: 218,21 m2.

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