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BOAM nº 9659 (24/06/2024)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 20 de junio de 2024 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se somete a consulta pública previa la elaboración de una nueva Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración.

El acuerdo tiene por objeto someter a consulta pública previa la elaboración de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, durante un plazo de 15 días naturales.

 

La Constitución Española recoge en su artículo 9.2 la obligación de los poderes públicos de facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida pública. Además, el artículo 23.1 del texto constitucional establece que los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos, directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.

 

Por su parte el artículo 129.5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en aplicación del principio de transparencia, establece la obligación de promover la participación activa de los posibles destinatarios en la elaboración de las normas. A tal efecto su artículo 133 regula la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de las normas con rango de ley y reglamentos, señalando que con carácter previo a la elaboración de la norma se sustanciará una consulta pública en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente puedan verse afectadas por la misma.

 

En este marco, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, mediante Acuerdo de 20 de octubre de 2016, aprobó las Directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales. Su apartado tercero establece que corresponderá a la Junta de Gobierno, a propuesta de la Coordinación General de la Alcaldía, Gerencia de la Ciudad y titulares de las Áreas de Gobierno competentes por razón de la materia, acordar el sometimiento a consulta pública.

 

La vigente Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración fue aprobada por acuerdo plenario de 30 de julio de 2013, y posteriormente modificada parcialmente por la Ordenanza 1/2022, de 25 de enero, con el objeto de responder a las demandas de los distintos agentes implicados y adaptar el texto a las actualizaciones normativas que se habían producido en los últimos años. Se plantea ahora la redacción de un nuevo texto de la Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración con el objeto de regular una ocupación ordenada del espacio público destinado a terrazas, conforme a criterios actualizados que deben presidir esta actividad, a la experiencia adquirida en los últimos años y al ejercicio de las potestades públicas en su instalación y funcionamiento, y de acuerdo con los principios de calidad regulatoria.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero de las Directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales, a propuesta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias y previa deliberación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión de 20 de junio de 2024,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Someter a consulta pública previa la elaboración de una nueva Ordenanza de Terrazas y Quioscos de Hostelería y Restauración, durante un plazo de 15 días naturales.

 

SEGUNDO.- El presente acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 20 de junio de 2024.- La Directora de la Oficina de la Secretaría de la Junta de Gobierno, Carmen Toscano Ramiro.

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