BOAM nº 7167 (16/05/2014)
Agencia para el Empleo de Madrid
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Resolución de 7 de mayo de 2014 del Gerente de la Agencia para el Empleo por la que se aprueba la convocatoria de becas y ayudas al estudio correspondientes a las acciones formativas de la programación municipal gestionadas por la Agencia para el Empleo de Madrid para el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2013 y el 30 de septiembre de 2014.La Agencia para el Empleo de Madrid tiene como finalidad la gestión de las políticas municipales de empleo mediante la intermediación laboral, la orientación y formación de los desempleados y trabajadores y el fomento del empleo estable y de calidad.
En el ejercicio de sus funciones, la Agencia para el Empleo de Madrid gestiona distintos cursos de formación ocupacional, de manera tal que al objeto de facilitar la asistencia y remover los obstáculos que puedan impedir la participación en tales actividades formativas organizadas por su Subdirección General de Formación, la Agencia consolida una labor de carácter social, mediante la concesión de becas de ayudas al estudio.
De conformidad con las consideraciones vertidas, y en virtud de lo establecido en los artículos 15.1 b) y n) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid (BOCM núm. 154/2004, de 30 de junio),
RESUELVO
PRIMERO: Aprobar la convocatoria de becas de ayudas al estudio para el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2013 y el 30 de septiembre de 2014, correspondiente a las acciones formativas de duración igual o superior a cincuenta horas, correspondientes al Programa de Formación Ocupacional gestionado por la Agencia para el Empleo de Madrid, propuesta por la Subdirección General de Formación que se adjunta como Anexo a esta resolución.
SEGUNDO: El crédito destinado a esta convocatoria asciende a cuatrocientos ochenta mil euros (480.000 euros), de los créditos del Presupuesto de la Agencia para el Empleo de Madrid correspondientes al año 2014, que se imputarán a la aplicación presupuestaria 503/025/241.03/482.01 "Becas".
TERCERO: Publíquese la presente convocatoria pública de becas de ayuda al estudio para el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2013 y el 30 de septiembre de 2014 en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
La Agencia para el Empleo de Madrid tiene como finalidad, de conformidad con lo establecido en el artículo 2 de sus Estatutos (BOCM núm. 154/2004, de 30 de junio), la gestión de las políticas municipales de empleo, mediante la intermediación laboral, la orientación y formación de los desempleados y trabajadores, y el fomento del empleo estable y de calidad.
Para llevar a cabo estos fines, atendiendo tanto a las directrices europeas como a las nacionales, una herramienta fundamental es la formación, que permite el pleno desarrollo de la capacidad profesional, constituye un eje fundamental y un garante de éxito de los itinerarios personalizados de inserción laboral. Por dicha razón la Agencia para el Empleo de Madrid, autorizada como Agencia de Colocación, desarrolla una extensa y variada programación de acciones formativas dirigidas a los desempleados madrileños.
Considerando que los alumnos participantes son desempleados, la concesión de becas de ayuda al estudio por cada día de asistencia supone un apoyo fundamental que facilita la asistencia a los cursos durante su desarrollo y, por tanto, la obtención de la capacitación impartida. La presente convocatoria tiene por objeto la regulación de las ayudas para la participación en la programación formativa de la Agencia para el Empleo de Madrid, que facilitarán a los desempleados remover los obstáculos que puedan impedir el desarrollo de su capacidad profesional a través de la formación.
La presente convocatoria, que a tenor de lo establecido en el artículo 59 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, tiene la consideración de abierta, establece los principios inspiradores de concesión de tales ayudas previstas para los alumnos asistentes a los cursos de formación gestionados por la Agencia para el Empleo de Madrid dentro de su programación municipal, su régimen jurídico, financiación, requisitos que han de reunir los beneficiarios a los que se concederá de forma directa las ayudas, las obligaciones de los mismos, así como las responsabilidades en que podrían incurrir los mismos en caso de incumplimiento. Se establecen igualmente las normas generales sobre presentación de solicitudes y documentación que se ha de aportar, instrucción del procedimiento y tramitación hasta su resolución.
Señalar que, si bien el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 55 como procedimiento ordinario de concesión, la concurrencia competitiva, atendiendo al fin social de estas subvenciones cuyos destinatarios son desempleados y, asimismo, a que el crédito previsto en esta convocatoria se prevé suficiente para atender a las solicitudes que se presenten en el plazo abierto a tal efecto, no establecerá para su concesión ningún orden de prelación en las solicitudes tramitadas inicialmente y tan solo, en el supuesto de que se fuese a agotar el crédito disponible, se establecerá un orden cronológico atendiendo en primer lugar a la fecha de inicio de los cursos y, dentro de éstos, a la fecha y orden de presentación de solicitud de cada beneficiario.
Las bases reguladoras de la presente convocatoria abierta serán las recogidas en la "Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos" aprobada en sesión ordinaria del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 30 de octubre de 2013 y que entró en vigor el día 1 de enero de 2014.
A la vista de lo expuesto y en virtud de lo establecido en los artículos 15.1 b) y n) de los Estatutos de la Agencia para el Empleo de Madrid, es a la Gerencia de la Agencia para el Empleo de Madrid a quien le corresponde aprobar la presente convocatoria de becas de ayuda al estudio correspondientes a las acciones de formación ocupacional de la programación municipal desde el día 1 de septiembre de 2013 al 30 de septiembre de 2014.
Artículo 1.- MARCO DE LA CONVOCATORIA.
Objeto y ámbito de la convocatoria.
La presente resolución tiene por objeto convocar becas de ayudas al estudio a fin de facilitar la participación en los cursos del Programa Municipal de Formación Ocupacional de la Agencia para el Empleo del Ayuntamiento de Madrid, con una duración igual o superior a 50 horas, que se lleven a cabo entre los días 1 de septiembre de 2013 al 30 de septiembre de 2014.
Quedan excluidas aquellas acciones formativas que pertenezcan a programas que cuenten con su propia convocatoria de becas, a programas mixtos de formación y empleo, a programas de recualificación en trabajos de colaboración social o a programas de formación cofinanciados por otras administraciones. Igualmente la percepción de las presentes ayudas es incompatible con cualquier otra beca o ayuda para la misma finalidad.
La gestión de las becas de ayuda al estudio de la presente convocatoria abierta se sujetará a los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización de recursos públicos.
El objeto de las becas es una ayuda económica cuyo objetivo es fomentar la participación de los alumnos en las acciones formativas como incentivo a la búsqueda de empleo y como elemento que permita coadyuvar a la participación en acciones de formación ocupacional.