BOAM nº 7986 (07/09/2017)
Área de Gobierno de Cultura y Deportes
1884
Resolución de 5 de septiembre de 2017 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes por la que se ordena la publicación del Decreto de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, de fecha 31 de agosto de 2017, por el que se aprueba la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva destinada a festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales 2017 y sus correspondientes bases.Una vez aprobadas las bases por las que ha de regirse la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales 2017, y en virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015 y de conformidad con el artículo ocho de la correspondiente convocatoria, y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, resuelvo:
Ordenar la publicación oficial del Decreto de la Alcaldesa de Madrid, de fecha 31 de agosto de 2017, y las correspondientes bases, con el siguiente contenido:
"De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 n) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 29 de octubre de 2015, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 10 de noviembre de 2015, una vez autorizado el gasto por importe de 1.200.000 euros por la Junta de Gobierno de 31 de agosto de 2017, y en el ejercicio de las competencias correspondientes al titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes,
DISPONGO
Aprobar la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales 2017, aprobando las correspondientes bases.
Convocatoria pública del Área de Gobierno de Cultura y Deportes del Ayuntamiento de Madrid, de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales.
DISPOSICIONES GENERALES
ARTÍCULO 1. Objeto.
Es objeto de la presente convocatoria la promoción de las artes visuales, el cine, la música, las artes escénicas y la literatura, a través de la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de subvenciones para la realización de festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales.
ARTÍCULO 2. Periodo subvencionable.
La presente convocatoria se efectúa para las actividades realizadas entre el 1 de enero de 2016 y el 31 de diciembre de 2017.
ARTÍCULO 3. Características específicas de la convocatoria.
A los efectos de la presente convocatoria, se entiende por festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales aquellos proyectos organizados por entidades de iniciativa privada en el término municipal de Madrid, en las formas enunciadas o en otras como jornadas, ciclos o similares, que estén dedicados a uno o varios campos de la creación artística vinculada a las artes visuales, el cine, la música, las artes escénicas o la literatura, ya sean de periodicidad anual, bienal, o bien se trate de acciones o eventos de celebración única, y cuya duración sea como máximo de dos meses.
ARTÍCULO 4. Requisitos de los solicitantes.
- Podrán optar a la presente convocatoria las empresas privadas, ya sean personas físicas o jurídicas, así como las entidades culturales sin ánimo de lucro, que gestionen festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales en el término municipal de Madrid.
- Quedan excluidos aquellos proyectos que, aún realizándose en esta ciudad, consten de actividades itinerantes vinculadas a otros eventos no propiamente madrileños, así como todos aquellos proyectos culturales de programación regular y continuada en el tiempo o cualquier otra actividad que no se ajuste a las características señaladas en esta convocatoria.
- No se admitirá la solicitud de más de un proyecto por cada entidad concurrente. En el caso de que una misma entidad haya organizado dos ediciones del mismo festival o evento en el periodo subvencionable del 1 de enero de 2016 al 31 de diciembre de 2017, integrará en la misma solicitud y memoria de proyecto ambas ediciones, con las especificaciones que se detallan en el artículo 10 de la presente convocatoria.
- No podrán acceder a las subvenciones previstas en la presente convocatoria las entidades privadas adjudicatarias de la gestión de festivales, muestras, certámenes, congresos y otros eventos culturales de titularidad pública.
- No se admitirán solicitudes de entidades en las que la participación mayoritaria en su capital social, patrimonio fundacional o en sus órganos de gobierno, administración o dirección corresponda a cualquier Administración Pública, entidad del sector público, financiera o de crédito.
- Las subvenciones previstas en la presente convocatoria serán incompatibles con cualesquiera otras subvenciones de pública concurrencia o nominativas del Área de Gobierno de Cultura y Deportes del Ayuntamiento de Madrid para la realización del mismo proyecto, ya sea en su totalidad o en partes diferenciadas.
- Las subvenciones previstas en la presente convocatoria serán incompatibles con las ayudas del Área de Gobierno de Cultura y Deportes destinadas a salas de pequeño formato de actividad cultural escénica, salas de música en vivo, espacios independientes de creación contemporánea y espacios beneficiarios de subvenciones nominativas, en el supuesto de que el evento para el que se solicite la ayuda se desarrolle mayoritariamente en el mismo espacio.
ARTÍCULO 5. Importe.
El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 1.200.000 euros, cuya imputación presupuestaria será la siguiente:
- 500.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 001/098/334.01/479.99, "Otras subvenciones a empresas privadas".
- 700.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 001/098/334.01/489.01, "Otras transferencias a instituciones sin fines de lucro".
Las ayudas se concederán de acuerdo con los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva y conforme a la normativa vigente en materia de subvenciones públicas.
Los fondos serán concedidos según la valoración de los proyectos presentados, con los límites establecidos en el artículo 14 de las presentes bases, si bien la convocatoria no obliga al Área de Gobierno de Cultura y Deportes al gasto íntegro del presupuesto máximo señalado.