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BOAM nº 7780 (08/11/2016)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 3 de noviembre de 2016 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba someter a consulta pública previa la modificación parcial del sistema subvencional del Ayuntamiento de Madrid.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), regula en su artículo 133 la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando que con carácter previo a la elaboración de la norma, se sustanciará una consulta pública previa en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectados por la misma.

 

 

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Ley, la Junta de Gobierno ha aprobado las Directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales, mediante Acuerdo de 20 de octubre de 2016.

 

 

El pasado verano se constituyó en el Ayuntamiento de Madrid un grupo de trabajo al que se le encomendó analizar una serie de modificaciones a introducir en la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, imprescindibles para asegurar un funcionamiento ágil del sistema subvencional del Ayuntamiento. En concreto, el encargo del grupo de trabajo consistió en incluir medidas específicas de simplificación y reducción de cargas administrativas en el procedimiento, así como la regulación de las subvenciones en materia de cooperación internacional al desarrollo y de acción humanitaria.

 

 

Si bien, tal y como señalan la LPAC y las propias Directrices, la consulta pública tiene carácter previo a la redacción del texto normativo, en este caso, a pesar de que formalmente no se ha iniciado el procedimiento de elaboración de la norma, los trabajos preparatorios tienen un grado de desarrollo avanzado. Por ello, se considera conveniente someter a consulta pública las modificaciones previstas en el sistema subvencional del Ayuntamiento de Madrid y un borrador inicial de modificación parcial de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones, con el fin de conocer la opinión de los ciudadanos y destinatarios de las subvenciones y poder efectuar las modificaciones en el borrador inicial que se estimen pertinentes.

 

 

El apartado tercero de las Directrices establece que corresponderá a la Junta de Gobierno, a propuesta de la Coordinación General de la Alcaldía, Gerencia de la Ciudad y titulares de las Áreas de Gobierno competentes por razón de la materia, acordar el sometimiento a consulta pública.

 

En su virtud, a propuesta conjunta de la Delegada del Área de Cultura y Deportes y de la Gerente de la Ciudad, que eleva la Primera Teniente de Alcalde y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 3 de noviembre de 2016,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Someter a consulta pública previa la modificación parcial del sistema subvencional del Ayuntamiento de Madrid, durante un plazo de 15 días naturales.

 

 

SEGUNDO.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid".

 

 

Madrid, a 3 de noviembre de 2016.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.

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