BOAM nº 6310 (15/11/2010)
Agencia Tributaria Madrid
2190
Resolución de 4 de noviembre de 2010 de la Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se hace público el listado de Ayudas Asistenciales concedidas y denegadas a los empleados municipales adscritos a la Agencia Tributaria Madrid, solicitadas entre el 1 de abril y el 15 de junio de 2010.Recibidas solicitudes de personal municipal, adscrito a la Agencia Tributaria Madrid, de Ayudas Asistenciales, Convocatoria 2010, entre el 1 de abril y el 15 de junio de 2010, se ha procedido al estudio de la documentación aportada conforme con las bases reguladoras de dicha ayuda, publicadas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (en adelante BOAM) de fecha 2 de febrero de 2010.
Conforme con el artículo 11 de las bases antes mencionadas, se ha de publicar en el BOAM, extracto del anuncio, que se expondrá en el tablón de anuncios de la Subdirección General de Secretaría Técnica de la Agencia Tributaria Madrid, en la calle Sacramento, 5, segunda planta y en la intranet municipal Ayre.
De conformidad con el artículo 15.1 apartado L), de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, son funciones de la Directora, entre otras, la dirección y gestión de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Consejo Rector.
En consecuencia con lo anteriormente expuesto, se eleva a la Directora de la Agencia Tributaria Madrid, para su aprobación, la siguiente propuesta de resolución:
Primero.- Publicar la relación de Ayudas Asistenciales, solicitadas entre el 1 de abril y el 15 de junio de 2010, por el personal municipal adscrito a la Agencia Tributaria Madrid, y que han sido concedidas y denegadas, incluidas en los Anexos I y II respectivamente.
Segundo.- Ordenar la exposición de la citada relación en el tablón de anuncios de la S.G. de Secretaría Técnica de la Agencia Tributaria Madrid, calle Sacramento, 5, segunda planta y en la intranet municipal Ayre, con fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Tercero.- El personal funcionario podrá interponer contra esta resolución, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Directora de la Agencia Tributaria Madrid, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Contra la misma, el personal laboral, podrá interponer reclamación previa a la vía judicial laboral, ante la Directora de la Agencia Tributaria Madrid, que se considerará desestimada a los efectos de la acción judicial laboral, si en el plazo de un mes no ha sido notificada resolución alguna.
Madrid, a 4 de noviembre de 2010.- La Directora del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, Rosa Ana Navarro Heras.