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BOAM nº 5785 (07/12/2007)
Ayuntamiento Pleno

3085

Acuerdo de 28 de noviembre de 2007 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la concesión de un suplemento de crédito en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Distritos), financiado con bajas por anulación.

El Pleno del Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el día 28 de noviembre de 2007, adoptó el siguiente acuerdo:

 

"Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 4.997.463 euros, en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Distritos de Centro, Arganzuela, Tetuán, Fuencarral-El Pardo, Moncloa-Aravaca, Latina, Carabanchel, Usera, Puente de Vallecas, Moratalaz, Ciudad Lineal, Hortaleza, Villa de Vallecas, Vicálvaro y San Blas), financiado con bajas por anulación, con el desglose y aplicaciones presupuestarias que se detallan:

 

· 100.000,00 euros, en la partida 001/201/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· 249.327,00 euros, en la partida 001/202/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· 98.707,00 euros, en la partida 001/206/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· 546.772,00 euros, en la partida 001/208/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· 133.641,00 euros, en la partida 001/209/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· 411.842,00 euros, en la partida 001/210/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· 932.079,00 euros, en la partida 001/211/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· 823.833,00 euros, en la partida 001/212/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· 706.851,00 euros, en la partida 001/213/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· 134.585,00 euros, en la partida 001/214/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· 60.102,00 euros, en la partida 001/215/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· 491.721,00 euros, en la partida 001/216/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· 205.570,00 euros, en la partida 001/218/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para el año 2007.

· 77.781,00 euros, en la partida 001/219/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· 24.652,00 euros, en la partida 001/220/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

 

La financiación del citado suplemento de crédito se efectuará mediante las bajas por anulación en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Distritos de Retiro, Salamanca, Chamartín y Chamberí), con el desglose y aplicaciones presupuestarias que se detallan:

 

· -1.065.959,00 euros, en la partida 001/203/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· -799.068,00 euros, en la partida 001/204/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· -1.168.353,00 euros, en la partida 001/205/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

· -1.964.083,00 euros, en la partida 001/207/313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2007.

 

La aprobación del suplemento de crédito quedará condicionada a la efectiva aprobación de dichas anulaciones de crédito por el órgano competente, en el expediente de modificación del contrato de servicio público para la prestación del servicio de ayuda a domicilio".

 

En relación con la condición fijada en el párrafo anterior, obra en el expediente diligencia del Director General de Presupuestos del siguiente tenor:

 

"Para hacer constar que, con fecha 29 de octubre de 2007, se ha procedido a la mecanización en la herramienta integrada de gestión económico-financiera S.A.P. del expediente de suplemento de crédito financiado con bajas por anulación, que afecta a los créditos del contrato de servicio público para la prestación del servicio de ayuda a domicilio, de la partida 313.02/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del programa "Atención a las personas mayores", de los Distritos que se describen en el documento de solicitud.

 

El expediente inicialmente tramitado de forma manual, fue aprobado por la Junta de Gobierno del día 18 de octubre de 2007, condicionado a la aprobación, por el órgano competente, de las bajas en los créditos comprometidos de la partida 31302/227.99 "Otros trabajos realizados por otras empresas" del programa "Atención a las personas mayores" de los Distritos de Retiro, Salamanca, Chamartín y Chamberí.

 

El día 25 de octubre, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, autorizó las citadas bajas, por lo tanto, se ha cumplido la condición contenida en el Acuerdo de la Junta de Gobierno de 18 de octubre de 2007, lo que ha posibilitado la contabilización de las mismas y la posterior mecanización del suplemento de crédito financiado con bajas por anulación en la herramienta integrada de gestión económico-financiera S.A.P., dando lugar al expediente número 0500004447".

 

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose que dicho acuerdo agota la vía administrativa, pudiéndose interponer contra el mismo, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno.

 

Madrid, a 4 de diciembre de 2007.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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