BOAM nº 8176 (18/06/2018)
Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad
1382
Decreto de 7 de junio de la Delegada del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad por el que se aprueba la convocatoria pública de subvenciones 2018 a entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad.En el marco delimitado por la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la Concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (en adelante, OBRS), modificada por Acuerdo del Pleno de 31 de mayo de 2017, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, LGS), el Reglamento General de Subvenciones, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio (en adelante, RGS), y, en virtud de lo establecido en Acuerdos de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 30 de marzo de 2017, por los que se establece la organización y competencias del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad, se aprueba la convocatoria pública para la concesión de subvenciones, con arreglo a las siguientes especificaciones:
ARTÍCULO 1. Objeto y ámbito de la convocatoria.
1. La Delegada del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad a través de la Dirección General de Promoción de la Igualdad y No Discriminación y de la Dirección General de Prevención y Atención a la Violencia de Género, dentro de los créditos consignados en el presupuesto vigente, convoca la concesión de subvenciones a favor de entidades e instituciones de carácter social sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos que complementen las actuaciones del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad en el municipio de Madrid.
La finalidad de estas subvenciones es fomentar y promover el desarrollo de proyectos que coadyuven o complementen las competencias y actividades municipales según las prioridades incluidas en el Plan Estratégico de Subvenciones del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad 2018-2020.
Anualmente se realizará el seguimiento y evaluación del Plan Estratégico de subvenciones al objeto de modificar o eliminar tanto aquellos indicadores como líneas de actuación que no aporten, según establece el artículo 10.2 de la OBRS.
2. Cada entidad solicitante podrá únicamente presentar un proyecto a la presente convocatoria. En el caso de presentar más de uno, se entenderá que la entidad opta por mantener el último de los presentados que haya tenido entrada en el registro y renuncia al resto.
3. En toda la documentación, publicidad, imagen o materiales que deban aportar las entidades subvencionadas o sean necesarias para la ejecución del proyecto subvencionado, deberá hacerse un uso no sexista del lenguaje, evitar cualquier imagen discriminatoria de las mujeres o estereotipos sexistas y fomentar con valores de igualdad la presencia equilibrada, la diversidad y la corresponsabilidad.
ARTÍCULO 2. Objetivo General del Área de Gobierno de Políticas de Género y Diversidad.
1. A los efectos previstos en esta convocatoria, solo se valorarán aquellos proyectos que se encuadren dentro del siguiente Objetivo General:
Promover la igualdad y la no discriminación de las personas, en las materias competencia de esta Área de Gobierno, y erradicar la violencia que sufren las mujeres en la ciudad de Madrid.
2. Quedan excluidos de la presente convocatoria los proyectos que promuevan campañas publicitarias, documentales, publicaciones, guías, jornadas, congresos y los que tengan por objeto la realización de obras para el desarrollo de las actividades previstas en el apartado 1 del presente artículo.
3. Quedarán excluidas de la convocatoria aquellas entidades, cuyo sistema de admisión, funcionamiento, trayectoria o actuación sean manifiestamente discriminatorias entre mujeres y hombres o bien contrarias al principio de igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres.
ARTÍCULO 3. Líneas de subvención, objetivos específicos e indicadores en los que se deben enmarcar los proyectos a subvencionar.
1. Los objetivos específicos que se pretenden alcanzar con esta convocatoria, así como sus respectivos indicadores y las líneas de subvención en las que se deben enmarcar los proyectos, son los siguientes:
LÍNEA DE SUBVENCIÓN DE PROMOCIÓN DE LA IGUALDAD Y NO DISCRIMINACIÓN:
Tiene como finalidad promover la igualdad en todos los ámbitos de la vida en materia de género, discapacidad, diversidad sexual o dirigida a etnia gitana en Madrid, a través de los siguientes objetivos específicos.
Objetivos específicos:
1. Fortalecer las capacidades de las mujeres en el acceso al empleo y en la generación de tejido productivo, especialmente mediante la promoción de actividades que fomenten una visión ética de la economía y que tengan en cuenta la conciliación de la vida familiar y laboral.
2. Facilitar e incrementar la participación de las mujeres en igualdad de condiciones en todos los ámbitos, especialmente en aquellos donde exista una mayor invisibilidad o infrarrepresentación de las mujeres.
3. Favorecer la participación de las mujeres en proyectos que contribuyan de una manera activa a incrementar la percepción sobre la discriminación y las desigualdades de género existentes.
4. Favorecer el cuidado y autonomía personal de personas adultas con discapacidad, haciendo especial hincapié en las necesidades de las mujeres con discapacidad.
5. Promover actividades para facilitar el cuidado y la atención a las personas que acompañan cotidianamente a personas con discapacidad.
6. Reducir la vulnerabilidad social de población gitana en el acceso a la educación, al empleo y a los derechos sociales básicos.
7. Fomentar el empoderamiento y las actitudes de respeto hacia las mujeres gitanas y las personas gitanas LGTBI.
8. Sensibilizar y concienciar en torno a los derechos de las personas LGTBI fomentando actitudes de respeto hacia este colectivo.
9. Fomentar la corresponsabilidad y la conciliación de la vida personal, laboral y familiar de mujeres y hombres y potenciar acciones destinadas a promover una distribución social de los cuidados más equitativa.