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BOAM nº 10152 (22/06/2026)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

2371

Acuerdo de 18 de junio de 2026 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se avocan las competencias para la ejecución de obras de mejora del espacio público en la calle San Nicomedes, y se delegan en la Concejala Presidenta del Distrito de Usera.

El presente acuerdo tiene por objeto avocar las competencias necesarias para que el distrito de Usera pueda llevar a cabo las obras de mejora del espacio público de la calle San Nicomedes, formado por varias zonas verdes próximas a los edificios que requieren una importante actuación de mejora de este espacio de la calle San Nicomedes, en el barrio de Moscardó, y atender así la demanda vecinal de mejora de esta zona del distrito de Usera.

 

Conforme al apartado 8.º 1.2 c) y 1.4 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos, la Dirección General de Conservación de Vías Públicas es competente, por una parte, para renovar, reparar y conservar el alumbrado público exterior, el de monumentos, el Centro de Control de Telegestión y otras instalaciones eléctricas municipales, así como controlar y supervisar el consumo de energía del mismo, excepto el de las infraestructuras de carácter supramunicipal y las integradas en los grandes parques; y por otra parte, para redactar, planificar y ejecutar los proyectos de adecuación y reforma de las vías públicas, y obras de paso, así como la ejecución de obras de remodelación y urbanización de vías y espacios públicos, en coordinación con los distritos.

 

Al estar este espacio público incluido en el Patrimonio Municipal del Suelo, con numero de finca 2961, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 12.º 2.1 d) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Gestión Urbanística, de dicha área de gobierno, es competente para acondicionar los bienes integrantes del Patrimonio Municipal del Suelo, cuando sea necesario para el fin establecido en el planeamiento o para albergar actividades de carácter provisional.

 

Por su parte, conforme a lo dispuesto en el apartado 19.º 1.3 a) y c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes es competente para planificar y supervisar las actividades municipales en materia de parques, jardines, zonas verdes y arbolado, y para impulsar las acciones y programas relacionados con los parques y viveros municipales y con las zonas verdes, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos. Junto a ello, a la citada dirección general le corresponde la competencia atribuida en el apartado 19.º 1.4 d) del mismo acuerdo, de conservar y mantener las fuentes ornamentales en los parques históricos, singulares y forestales, así como renovar, reparar y conservar las redes de riego, hidrantes, bocas de riego y fuentes no ornamentales en todos sus elementos, ubicadas tanto en vía pública como en zonas verdes, parques y viveros municipales, sin perjuicio de las competencias atribuidas a los distritos.

 

Finalmente, en el apartado 20.º 1.2 c) del citado Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno, la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos es competente para adquirir e instalar el mobiliario urbano y equipamiento.

 

No obstante, de conformidad con lo establecido en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público existen razones de índole social y técnicas que aconsejan que, de forma puntual, las actuaciones proyectadas se realicen por el distrito de Usera.

 

En cuanto a la razón de carácter social, esta tiene como base la mayor cercanía del distrito con los vecinos y con las asociaciones de vecinos del barrio de Moscardó. Por lo que a la razón de carácter técnico se refiere, la avocación se justifica en una mayor celeridad en la adjudicación de esta obra, que puede llevarse a cabo a través del vigente Acuerdo Marco de las Obras de Reforma, Reparación y Conservación del Conjunto de Edificios y Espacios Públicos cuya competencia corresponde al Distrito de Usera, Lote 4, que posibilita la ejecución de este tipo de actuaciones mediante la tramitación de un contrato basado, en un procedimiento que acorta sensiblemente los plazos de tramitación.

 

Para que las actuaciones se realicen por el distrito resulta preciso que la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, conforme a lo dispuesto en el artículo 10 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, avoque las competencias previamente delegadas anteriormente indicadas y que tales competencias sean posteriormente delegadas en la Concejala Presidenta de Distrito de Usera, única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto, preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar el contrato relativo a la realización de las obras del espacio público de la calle San Nicomedes en el distrito de Usera.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 e) y 17.2 de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, a propuesta conjunta de la titular del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de la titular del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos y del titular del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad,, que eleva la Vicealcaldesa, y previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 18 de junio de 2026,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Avocar las competencias delegadas en la Dirección General de Conservación de Vías Públicas en el apartado 8.º 1.2 c) y 1.4 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos; en la Dirección General de Gestión Urbanística en el apartado 12.º 2.1 d) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad; en la Dirección General de Gestión del Agua y Zonas Verdes en el apartado 19.º 1.3 a) y c) y 1.4 d) del mismo acuerdo; y en la Dirección General de Servicios de Limpieza y Residuos en el apartado 20.º 1.2 c) del mismo acuerdo; única y exclusivamente en lo relativo a redactar el proyecto de obra, y a preparar, tramitar, adjudicar, formalizar y ejecutar el contrato relativo a la realización de las obras de mejora y acondicionamiento de las zonas verdes interbloques entre las calles San Nicomedes y Manuel Noya del distrito de Usera.

 

SEGUNDO.- Delegar en la concejala presidenta del Distrito de Usera las competencias avocadas en el apartado primero.

 

Las competencias en materia de contratación y gastos que se deriven de dichas actuaciones se ejercerán de conformidad con lo previsto en el Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los distritos.

 

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