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BOAM nº 6943 (19/06/2013)
Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana

1266

Decreto de 14 de junio de 2013 de la Delegada del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana por el que se aprueba la convocatoria para la selección de 100 jóvenes estudiantes del municipio de Madrid para la realización de cursos intensivos de alemán en el Goethe Institut.

1.- OBJETO

La presente convocatoria tiene por objeto la regulación de los criterios necesarios para la selección de 100 jóvenes del municipio de Madrid, para la realización de cursos intensivos de alemán.

 

2.- LUGAR DE REALIZACIÓN

Los cursos se realizarán en la sede del Goethe Institut en la calle Zurbarán, 21, de Madrid.

 

3.- HORARIO Y CLASES

Los cursos se desarrollarán del 1 al 25 de julio, de lunes a jueves, en los siguientes horarios que podrán ser elegidos atendiendo al nivel y a la demanda de los mismos:

De 09:00 a 11:30 horas.

De 12:00 a 14:30 horas.

De 16:00 a 18:30 horas.

Los niveles ofertados son: A1.1, A1.2, A2.1, A2.2, B1.1, B1.2, B1.3 y B1.4.

El número máximo de alumnos matriculados será de 100 (cien) en total. El número máximo de alumnos por clase será de dieciséis y el mínimo de ocho. El Goethe Institut se reserva el derecho a reagrupar alumnos.

 

4.- DESTINATARIOS

El curso está dirigido a 100 jóvenes madrileños que reúnan los siguientes requisitos:

a) Estar empadronados en el municipio de Madrid. El Ayuntamiento comprobará esta circunstancia de oficio.

b) Haber nacido entre el 1 de enero de 1988 y el 31 de diciembre de 1996.

c) Estar matriculado durante el curso 2012/2013, en centros públicos y concertados, en cualquier curso de Formación Profesional de Grado Medio o Grado Superior.

d) Estar situado en un lugar del orden de prelación de solicitudes que le permita la obtención de plaza.

e) No tener conocimiento de alemán o bien, acreditar, mediante la prueba que realizará el Goethe Institut, un nivel de alemán acorde con los cursos que se ofertan.

f) Estar al corriente de pago del cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como de obligaciones fiscales con el Ayuntamiento de Madrid.

 

5.- DOCUMENTACIÓN

Se deberá presentar la siguiente documentación:

1.- Solicitud que estará disponible en la página web municipal www.madrid.es/juventud.

2.- Copia del Boletín de Notas Final correspondiente al curso 2011/2012 o, en su defecto, del último curso terminado.

3.- Deberá exhibirse en el momento de presentación de la solicitud, para su comprobación, el DNI del beneficiario.

4.- Declaración responsable de estar matriculado en los estudios requeridos en el apartado anterior.

5.- Declaración responsable del solicitante (o de sus representantes legales en caso de que sea menor de edad) de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, conforme al modelo recogido en la solicitud.

El Ayuntamiento de Madrid se reserva el derecho a exigir posteriormente a los adjudicatarios de plaza la documentación que acredite alguna de las circunstancias que se declaran responsablemente.

Conforme al artículo 71 bis, apartado 4, de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (en adelante, LRJAP): "La inexactitud, falsedad u omisión, de carácter esencial, en cualquier dato, manifestación o documento que se acompañe o incorpore a una declaración responsable o a una comunicación previa, o la no presentación ante la Administración competente de la declaración responsable o comunicación previa, determinará la imposibilidad de continuar con el ejercicio del derecho o actividad afectada desde el momento en que se tenga constancia de tales hechos, sin perjuicio de las responsabilidades penales, civiles o administrativas a que hubiera lugar.

Asimismo, la resolución de la Administración Pública que declare tales circunstancias podrá determinar la obligación del interesado de restituir la situación jurídica al momento previo al reconocimiento o al ejercicio del derecho o al inicio de la actividad correspondiente, así como la imposibilidad de instar un nuevo procedimiento con el mismo objeto durante un período de tiempo determinado, todo ello conforme a los términos establecidos en las normas sectoriales de aplicación".

 

6.- PLAZO Y LUGAR DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo de presentación de solicitudes será de cinco días hábiles desde la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

Las solicitudes se presentarán preferentemente en el Registro del Área de Gobierno de Familia, Servicios Sociales y Participación Ciudadana, calle José Ortega y Gasset, 100, sin perjuicio de las otras formas de presentación previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre (LRJAP).

En el caso de que alguna solicitud no se acompañe de la documentación completa o ésta resulte defectuosa, los interesados podrán ser requeridos para que aporten la documentación incompleta o defectuosa, en el plazo de cinco días hábiles, dejándose constancia escrita en el expediente principal del aporte de documentación. En caso de no presentarse dicha documentación se tendrá por desistido de su solicitud, previa resolución en los términos del artículo 71.1 LRJAP.

 

7.- CRITERIOS DE SELECCIÓN

En el supuesto de que las solicitudes presentadas superen el número de plazas disponibles en los niveles que se determinen, la selección se realizará conforme a los siguientes criterios, en el orden en el que están establecidos:

1.- Tendrán preferencia los alumnos que mayor nota media hayan obtenido en el curso escolar 2011/2012 o, en su defecto, del último curso terminado.

En el caso de que las calificaciones que consten en el Boletín de Notas sean numéricas, la nota media será el resultado de dividir la suma de las notas obtenidas en cada asignatura, por el número total de asignaturas.

Si las notas no son numéricas, la nota media se calculará de la misma forma que en el caso anterior, ajustándose al siguiente baremo:

• Matrícula de Honor: 10.

• Sobresaliente: 9.

• Notable: 7,5.

• Bien: 6,5.

• Aprobado, suficiente o apto: 5,5.

 

2.- En caso de que se produzca algún empate, se dará prioridad a los alumnos de mayor edad en función de la fecha de nacimiento del alumno.

3.- Si aún así persistiera el empate, éste se resolverá atendiendo al criterio de los alumnos que hayan cursado asignatura de algún idioma y entre ellos el que haya obtenido mayor calificación, durante el curso 2011/2012. Si la nota no es numérica, se aplicará el baremo descrito en el número.

 

8.- COMISIÓN DE VALORACIÓN

La Comisión de Valoración se constituirá con el fin de estudiar, valorar y fijar los criterios, incluso de oportunidad no previstos, para la selección de los alumnos que realizarán el curso de alemán en el Goethe Institut.

La participación en este proceso de selección para la realización de un curso intensivo de alemán en el Goethe Institut, supone la plena aceptación de esta convocatoria, siendo resuelta por la Comisión de Valoración cualquier duda que surja en su interpretación.

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