BOAM nº 9348 (21/03/2023)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal
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Resolución de 17 de marzo de 2023 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se rectifica error material advertido en la resolución de 14 de marzo de 2023, por la que se nombra el tribunal calificador de las pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, 12 plazas de Supervisor/a de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid.Mediante Resolución de 14 de marzo de 2023 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.347, de 17 de marzo de 2023), se nombró el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, 12 plazas de Supervisor/a de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid.
Habiéndose advertido error material en la citada Resolución, de 14 de marzo de 2023, del Director General de Planificación de Recursos Humanos, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
RESUELVO
PRIMERO.- Rectificar el error advertido en la parte dispositiva de la Resolución de 14 de marzo de 2023 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9.347, de 17 de marzo de 2023), por la que se nombró el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer, mediante promoción interna independiente, 12 plazas de Supervisor/a de Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, en los siguientes términos:
En la parte dispositiva, el apartado segundo, relativo a nombramiento de observador suplente, donde dice:
"D. Pedro Pablo Zamora Martín".
Debe decir :
"D. Francisco José Ruiz Rodríguez".
SEGUNDO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica (www.madrid.es).
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123, apartado 2.º, y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 17 de marzo de 2023.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.