BOAM nº 9817 (12/02/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
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Resolución de 10 de febrero de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se rectifica la Resolución de 14 de enero de 2025 por la que se dispone que por el órgano competente se proceda a la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la relación complementaria de aprobados del proceso selectivo convocado para la estabilización de empleo temporal de larga duración de 20 plazas de funcionario de carrera de la categoría de Técnico/a Auxiliar Salvamento y Socorrismo del Ayuntamiento de Madrid, por haber quedado vacantes 5 plazas.Por Resolución de 30 de noviembre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos fueron convocadas pruebas selectivas para proveer 20 plazas para la estabilización de empleo temporal de larga duración de funcionario de carrera de la categoría de Técnico/a Auxiliar Salvamento y Socorrismo del Ayuntamiento de Madrid (BOAM núm. 9276, de 2 de diciembre de 2022).
Por Resolución de 14 de enero de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9798, de 16 de enero de 2025), se publica la relación complementaria de aprobados del proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal de larga duración de 20 plazas de la categoría Técnico/a Auxiliar Salvamento y Socorrismo del Ayuntamiento de Madrid.
Se ha advertido error material en el anexo de aspirantes aprobados consistente en que no se han incluido en el mismo, aspirantes que debían incorporarse a dicha relación. Asimismo, debe excluirse de dicho listado a aspirantes que han renunciado al proceso selectivo.
Como consecuencia de lo anterior, se procede también a solicitar documentación acreditativa del cumplimiento de requisitos a los aspirantes que siguen a la relación complementaria prevista en el anexo I por si se produjeran circunstancias que impidieran su nombramiento como funcionarios de carrera, sin perjuicio de que únicamente serán nombrados como funcionarios de carrera los 5 aspirantes que cumplan los requisitos establecidos en la convocatoria y que hayan presentado la documentación requerida, según el orden que ocupan en el proceso selectivo.
Todo ello, conforme al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual las Administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2.c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172, de 21 de julio de 2023).
En su virtud
RESUELVO
PRIMERO.- Modificar el apartado primero de la Resolución de 14 de enero de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9798, de 16 de enero de 2025), por la que se publica la relación complementaria de aprobados del proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal de larga duración de 20 plazas de la categoría Técnico/a Auxiliar Salvamento y Socorrismo del Ayuntamiento de Madrid en el sentido de no incluir en la relación incorporada como anexo a Jorge García Lázaro e Ismael Acuña López al haber adquirido ya la condición de personal laboral fijo/a en la categoría de Técnico/a Auxiliar Actividades Deportivas (Técnico/a Salvamento Socorrismo) del Ayuntamiento de Madrid y, por tanto, no cumplir el requisito previsto en la base 3.1.g) de las que rigen el proceso selectivo.
SEGUNDO.- Rectificar el anexo de la Resolución de 14 de enero de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9798, de 16 de enero de 2025), por la que se publica la relación complementaria de aprobados del proceso selectivo para la estabilización de empleo temporal de larga duración de 20 plazas de la categoría Técnico/a Auxiliar Salvamento y Socorrismo del Ayuntamiento de Madrid.
TERCERO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la relación complementaria de aspirantes que han superado el proceso selectivo, incorporada como anexo I a la presente resolución, de conformidad con la lista complementaria remitida por el órgano de selección, en el proceso selectivo convocado, no incluyendo a Marina Cruz Rollon, Cecilia Cañamero Marroquín y Beatriz Soria Sanz al haber renunciado a la participación en el proceso selectivo.
CUARTO.- Asimismo, por el órgano competente se procederá a la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la relación complementaria de los siguientes aspirantes que sigan a los señalados en el apartado tercero de esta resolución, incorporada como anexo II, de conformidad con la lista complementaria remitida por el órgano de selección.
QUINTO.- Al objeto de proceder al nombramiento de 20 funcionarios en la categoría de Técnico/a Auxiliar Salvamento y Socorrismo del Ayuntamiento de Madrid los aspirantes recogidos en el anexo I y II de la presente resolución deberán presentar dentro del plazo de diez días naturales:
- Título de Graduado/a en Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica o equivalente.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación.
- Estar en posesión de la titulación, formación académica mínima o inscripción, establecidas en el artículo 2 y disposición transitoria de la Orden 1239/21, de 30 de septiembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se regula la formación mínima necesaria para prestar servicios como socorrista en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid.
- Certificación expedida por el Registro Central de Delincuentes Sexuales del Ministerio de Justicia, en el que conste que no existe información penal del interesado/a.
- Declaración jurada o promesa de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de funciones públicas por resolución judicial para el acceso a la escala, subescala, clase y categoría de funcionario en el que hubiese sido separado o inhabilitado. Los nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados o en situación equivalente ni haber sido sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso a la función pública (IN.2).
- En aquellos aspirantes que hayan cumplido los 65 años de edad en la fecha de publicación de esta resolución, deberán acreditar que no han cumplido la edad máxima de jubilación forzosa a cuyos efectos deberán aportar informe de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).