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BOAM nº 5804 (08/04/2008)
Agencia Tributaria Madrid

1162

Resolución de 1 de abril de 2008 de la Gerente del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se hace pública la convocatoria para la adjudicación por procedimiento abierto mediante concurso del contrato de consultoría y asistencia nº 300/2008/00281, denominado Obtención, en campo, de información gráfica catastral para la realización completa de documentos gráficos en formato FXCC, en el municipio de Madrid, Distritos de Usera y Ciudad Lineal.

1. Entidad adjudicadora.

a) Organismo: Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid.

b) Dependencia que tramita el expediente: Departamento de Gestión Administrativa.

c) Número de expediente: 300/2008/00281.

 

2. Objeto del contrato.

a) Descripción del objeto: Realización de unos trabajos de asistencia técnica consistentes, en primer lugar, en la obtención por parte de la empresa adjudicataria de la información gráfica catastral de una serie de fincas que carecen de ella, incluso con medición directa en campo de las distintas viviendas y locales que integran los edificios, y con realización de la fotografía de fachada, y, en segundo término, en el volcado de dicha información para la realización de los correspondientes croquis catastrales digitalizados en formato FXCC, georreferenciados y adaptados a la cartografía catastral, con la fotografía de fachada escaneada.

b) Lugar de ejecución: En el domicilio de la empresa adjudicataria.

c) Plazo de ejecución o fecha límite de entrega: Fecha inicio 16 de junio de 2008, finalización el 30 de diciembre de 2008.

 

3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.

a) Tramitación: Ordinaria.

b) Procedimiento: Abierto.

c) Forma: Concurso.

 

4. Presupuesto base de licitación.

Importe total: 125.000,00 euros, IVA incluido.

 

5. Garantía provisional: 2.500,00 euros.

 

6. Obtención de documentación e información.

a) Entidad: Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid. Departamento de Gestión Administrativa.

b) Domicilio: Calle Sacramento, 5, 2ª planta.

c) Localidad y Código Postal: Madrid 28005.

d) Teléfono: 91 4802920.

e) Telefax: 91 5882904.

f) Fecha límite de obtención de documentos e información: Martes 22 de abril de 2008.

 

7. Requisitos específicos del contratista.

a) Solvencia económica y financiera

Artículo 16 c) del TRLCAP:

Declaración relativa a la cifra de negocios global y de los servicios o trabajos realizados por la empresa en el curso de los tres últimos ejercicios.

Criterio de selección: Se requiere acreditar los trabajos realizados por la empresa en los últimos tres años, siendo el importe acumulado de los tres igual o superior al importe del contrato.

b) Solvencia técnica y profesional:

Artículo 19 a) del TRLCAP:

Las titulaciones académicas y profesionales de los empresarios y del personal de dirección de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.

Criterio de selección: El personal de dirección de la empresa y el personal responsable de la ejecución del contrato tendrá titulación técnica en arquitectura superior, arquitectura técnica o cualquier ingeniería de grado superior o medio o, en su defecto, titulación universitaria superior. El personal de dirección de la empresa y el personal responsable de la ejecución del contrato deberán haber participado, como directivos y como responsables, en al menos tres contratos de trabajos, bien de actualización del catastro urbano, o bien de realización o digitalización de croquis catastrales en formato FXCC o en el anterior FXCU-1, de contenido similar a los que constituyen el objeto del presente contrato, en municipios de más de 50.000 unidades urbanas, realizados al menos en tres años dentro de los últimos cinco, y por un importe conjunto superior a 125.0000 euros.

Artículo 19 b) del TRLCAP:

Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos tres años que incluya importe, fechas y beneficiarios públicos o privados de los mismos.

Criterio de selección: La finalidad o actividad de la empresa tendrá relación directa con el objeto del contrato, según resulte de sus estatutos o reglas fundacionales. La empresa deberá haber realizado al menos tres contratos de trabajos, bien de actualización del catastro urbano, o bien de realización o digitalización de croquis catastrales en formato FXCC o en el anterior FXCU-1, de contenido similar a los que constituyen el objeto del presente contrato, en ciudades de más de 50.000 unidades urbanas, al menos en tres años dentro de los últimos cinco, y por un importe conjunto superior a 125.000 euros. Será imprescindible adjuntar los correspondientes certificados de buena ejecución de al menos los tres contratos referidos.

Artículo 19 c) del TRLCAP:

Una descripción del equipo técnico y unidades técnicas participantes en el contrato, estén o no integrados directamente en la empresa del contratista, especialmente de los responsables del control de calidad.

Criterio de selección: Al menos el 50% del personal técnico que participe en el contrato, así como el responsable del control de calidad, deberán haber participado, en calidad de personal técnico y de responsable del control de calidad respectivamente, en la realización de tres contratos de trabajos, bien de actualización del catastro urbano, o bien de realización o digitalización de croquis catastrales en formato FXCC o en el anterior FXCU-1, de contenido similar a los que constituyen el objeto del presente contrato, en ciudades de más de 50.000 unidades urbanas, realizados al menos en tres años dentro de los últimos cinco. El personal técnico asignado para la realización del contrato deberá ser, al menos, el siguiente:

1 responsable de la ejecución del contrato, que podrá ser también responsable del control de calidad.

3 digitalizadores.

4 técnicos encargados de la obtención de información y de los trabajos de campo, y de su preparación para digitalizar.

El personal que utilice el contratista en la realización de los trabajos objeto de este contrato dependerá exclusivamente, laboral y jerárquicamente, de la empresa adjudicataria, quien será la única responsable frente a aquellos del cumplimiento de sus derechos laborales, sociales y de seguridad y salud en el trabajo, no asumiendo la Agencia Tributaria Madrid responsabilidad alguna en relación con las obligaciones patronales que correspondan al adjudicatario con respecto a los trabajadores que utilice.

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