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BOAM nº 9341 (09/03/2023)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte

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Decreto de 8 de abril de 2022 de la Titular del Área Delegada de Deporte por el que se establece el calendario y los criterios de programación de actividades dirigidas en los centros deportivos municipales para la temporada 2022/2023.

El presente decreto tiene por objeto el establecimiento de los criterios generales para la elaboración de la programación deportiva de los centros deportivos municipales adscritos a los distritos y el calendario de las actividades deportivas dirigidas, para la temporada 2022/2023, que abarca desde el mes de septiembre de 2022 al mes de agosto de 2023.

 

Todo ello con la finalidad de que los servicios deportivos ofertados por el Ayuntamiento de Madrid en la totalidad de las instalaciones deportivas de su titularidad guarden la necesaria homogeneidad y equilibrio territorial, respetando la autonomía y capacidad de cada distrito, pero garantizando un tratamiento homogéneo de los criterios materiales y de prestación de los servicios, así como una adecuada correspondencia con los precios públicos aplicables.

 

En este sentido y por primer año, de forma normalizada y acorde a la ley de profesiones del Deporte de la Comunidad de Madrid, los directores deportivos del servicio deportivo municipal destinados a cada uno de los distritos, en un proceso de estrecha coordinación y trabajo colaborativo con los responsables de los departamentos y unidades de deporte de cada Junta Municipal de Distrito y los profesionales deportivos que en cada centro deportivo municipal se designen, elaborarán y propondrán cada una de las programaciones deportivas.

 

Para la configuración del presente decreto se ha tenido en cuenta el siguiente marco regulador:

 

· Ley 6/2016 de 24 de noviembre, por la que se ordena el ejercicio de las profesiones del deporte en la Comunidad de Madrid.

· Acuerdo del Pleno, de 28 de septiembre de 2021, por el que se aprueba la modificación del anexo del Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid de 22 de diciembre de 2010, por el que se establecen los precios públicos por la prestación de servicios en centros deportivos y casas de baños.

· Reglamento sobre la utilización de las instalaciones y servicios deportivos municipales, aprobado por Acuerdo Plenario de 26 de septiembre de 2012.

· Decreto de la titular del Área Delegada de Deporte por el que se establecen los criterios de programación de los servicios deportivos de los centros deportivos municipales.

 

El decreto se compone de cuatro anexos que desarrollan los siguientes aspectos: el Anexo I detalla el calendario de las actividades deportivas dirigidas, el Anexo II establece los criterios generales para la elaboración de la programación deportiva anual de los centros deportivos municipales adscritos a los distritos, el Anexo III establece los criterios generales de programación del personal técnico deportivo y el Anexo IV define la documentación de programación deportiva de cada centro, así como su procedimiento de aprobación.

 

Las previsiones contenidas en el presente decreto no comportan gasto presupuestario adicional ni coste económico alguno.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los puntos 2.2 y 2.3 del apartado 11º del Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte (BOAM 8.434 de 08/07/2019), y a propuesta de la Dirección General de Deporte

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar el calendario de actividades deportivas dirigidas del Anexo I.

 

SEGUNDO.- Aprobar los criterios generales del Anexo II, para la elaboración de la programación deportiva de actividades dirigidas de la temporada 2022-2023 en los centros deportivos municipales adscritos a los distritos.

 

TERCERO.- Aprobar los criterios de programación del personal técnico deportivo de los centros de gestión directa que se recogen en el Anexo III.

 

CUARTO.- Aprobar la documentación de programación deportiva y el procedimiento de aprobación que se detallan en el Anexo IV.

 

QUINTO.- Tanto los criterios como el calendario se aplicarán a la elaboración de la programación deportiva de cada uno de los centros deportivos municipales de los distritos, sin perjuicio del cumplimiento de las condiciones particulares que establezcan los contratos de concesión de los centros deportivos municipales de gestión indirecta, en cuyo caso deberá estarse a lo dispuesto en los mismos.

 

SEXTO.- La programación deportiva de cada centro comprenderá la oferta de los diferentes programas correspondientes a las actividades dirigidas, que se desarrollarán durante la temporada deportiva en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2022 al 31 de agosto de 2023, así como la distribución y asignación del uso de las unidades deportivas.

 

SÉPTIMO.- Quedan sin efecto cuantas disposiciones se opongan, contradigan o resulten incompatibles con lo establecido en el presente decreto.

 

Madrid, a 8 de abril de 2022.- La Titular del Área Delegada de Deporte, Sofía Miranda Esteban.

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