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Resolución de 12 de mayo de 2023 del Director General de Policía Municipal por la que se rectifica error material advertido en la Resolución de 9 de mayo del mismo órgano, por la que se convoca concurso para la provisión normal de puestos de trabajo en distintas comisarías/secciones y turnos, para funcionarios de carrera de la categoría de Oficial PM del Cuerpo de Policía Municipal PN-PM 02/2023.Descargar BOAM
Por Resolución de 9 de mayo de 2023 del Director General de Policía Municipal (BOAM núm. 9.381, de 11 de mayo de 2023), se convoca concurso de provisión normal de puestos de trabajo en distintas comisarías/secciones y turnos, para funcionarios de carrera de la categoría de Oficial PM del Cuerpo de Policía Municipal PN-PM 02/2023.
Advertido error material en el Anexo I Listado de puestos categoría de Oficial PM de la citada resolución, procede realizar la correspondiente subsanación.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual las Administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos; y con el apartado 8.1.3.b) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias (BOAM núm. 8.429, de 1 de julio de 2019),
RESUELVO
PRIMERO.- Rectificar el error material advertido en el Anexo I de la Resolución de 9 de mayo de 2023 del Director General de Policía Municipal por la que se convoca concurso de provisión normal de puestos de trabajo en distintas comisarías/secciones y turnos, para funcionarios de carrera de la categoría de Oficial PM del Cuerpo de Policía Municipal PN-PM 02/2023, en el siguiente sentido:
Suprimir, por no corresponder al tipo de puestos convocados, el código de petición SIGIR 208 incluido en el Anexo I, donde se dice:
«Código de Petición SIGIR 208, Unidad 9410 1 S. Apoyo Aéreo, turno tarde, n.º puestos 3».
SEGUNDO.- Esta corrección de errores no reabre un nuevo plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes que dentro del plazo inicialmente previsto ya se hubieran presentado se entenderán como válidamente presentadas. No obstante, durante el tiempo que resta hasta la finalización de este plazo los participantes podrán presentar la renuncia a la solicitud presentada, o bien presentar una nueva que sustituirá a la anterior.
TERCERO.- Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición. Se presentará a través del registro electrónico, conforme a lo previsto en el anexo de la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, de 26 de febrero de 2019 (BOAM de 11 de marzo de 2019), dirigido al mismo órgano que ha dictado la resolución, en el término de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid» (artículos 8.1, 14.1.2.ª o 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).
Madrid, a 12 de mayo de 2023.- El Director General de Policía Municipal, Pablo Enrique Rodríguez Pérez.