BOAM nº 9897 (11/06/2025)
Distrito de Chamberí
2338
Decreto de 29 mayo de 2025 del Concejal Presidente del Distrito de Chamberí por el que se aprueban las bases del procedimiento para el otorgamiento, en régimen de concurrencia, de autorizaciones para la instalación de 9 casetas en el recinto ferial durante las Fiestas del Carmen del Distrito de Chamberí 2025.Por Decreto de 29 de mayo de 2025 del Concejal Presidente del Distrito de Chamberí se han aprobado las bases del procedimiento para el otorgamiento, en régimen de concurrencia, de autorizaciones para la instalación de 9 casetas en el recinto ferial durante las Fiestas del Carmen del Distrito de Chamberí 2025.
El Distrito de Chamberí organiza las Fiestas del Carmen 2024, desarrollándose los actos festivos entre el 11 y el 16 de julio de 2025, ambos incluidos.
Los días 11, 12 y 17 de julio de 2025 se reservarán para los respectivos trabajos de montaje y desmontaje de las infraestructuras necesarias.
Con este motivo, se instalarán en las zonas habilitadas de la plaza de Chamberí un total de nueve casetas, cuatro de las cuales estarán destinadas a los partidos políticos con representación en el Pleno del Ayuntamiento de Madrid y las cinco restantes a asociaciones sociales y vecinales del Distrito de Chamberí según establece el artículo 4 de la Ordenanza Reguladora de la Gestión de Recintos de Ferias y Festejos Populares de las Juntas Municipales de Distrito, cuya solicitud y funcionamiento se regirá por las siguientes
BASES
Primera. Objeto y condiciones de participación.
Estas bases tienen por objeto establecer el procedimiento para el otorgamiento de las autorizaciones para la instalación de las nueve casetas en el recinto ferial de la plaza de Chamberí con motivo de las Fiestas del Carmen del Distrito de Chamberí 2025, así como las condiciones y demás requisitos a los que se someterá su funcionamiento.
Tendrán derecho a caseta, mediante adjudicación directa y sin sorteo, los cuatro partidos políticos con representación municipal, tal y como dispone el artículo 4 de la Ordenanza Reguladora de la Gestión de Recintos de Ferias y Festejos Populares de las Juntas Municipales de Distrito, si bien están obligados a solicitarla a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid para tener conocimiento de su interés en ser adjudicatarios de caseta. El orden de los situados se determinará de común acuerdo entre los partidos políticos solicitantes. En caso de no lograr dicho acuerdo, se realizará un sorteo a fin de adjudicar una caseta concreta dentro de las establecidas en el plano del recinto ferial, que se adjunta como Anexo I.
En cuanto a las casetas reservadas para asociaciones, podrán solicitarlas aquellas entidades que cumplan los siguientes requisitos:
- Tener su domicilio social en el Distrito de Chamberí.
- Estar inscritas en el Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos.
Las solicitudes que no cumplan alguno de los requisitos señalados anteriormente serán desestimadas.
Estas autorizaciones se regirán por las presentes bases y, en lo no previsto en ellas, por la Ordenanza Reguladora de la Gestión de Recintos de Ferias y Festejos Populares de las Juntas Municipales de Distrito, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de 30 de julio de 1998.
Segunda. Plazo de solicitud de caseta y lugar de presentación.
Las solicitudes, acompañadas de la documentación preceptiva que se indica en el apartado cuarto de estas bases, deberán presentarse a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Madrid, mediante instancia de carácter general dirigida al Departamento de Cultura y Deportes del Distrito de Chamberí.
El plazo para solicitar caseta en el recinto ferial de las Fiestas del Carmen del Distrito de Chamberí será de diez días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de las mismas en el BOAM. Este plazo será el mismo para partidos políticos y para asociaciones y entidades.
Tercera. Sorteo y normas de adjudicación de las casetas
Las casetas estarán numeradas del 1 al 9, según consta en el plano adjunto.
Los partidos políticos deberán indicar en su solicitud el número de la caseta que desean; en caso de que no haya acuerdo entre los partidos políticos, se celebrará un sorteo a efectos de determinar que caseta se adjudica a cada uno.
Las casetas destinadas a los partidos políticos con representación municipal que no sean utilizadas por estos se ofrecerán a las asociaciones y entidades del distrito; del mismo modo, las casetas que finalmente no se adjudiquen a asociaciones o entidades podrán ofrecerse a los partidos políticos.
La adjudicación de las casetas destinadas a entidades y asociaciones del distrito se realizará mediante la celebración de un sorteo público cuando el número de solicitudes sea superior al número de casetas disponibles para estas entidades, formándose una lista de adjudicatarios provisionales y otra de entidades en lista de espera para el caso de que las primeras no presenten la documentación prevista en las bases o bien no cumpliesen con los requisitos y condiciones recogidas en las mismas.
Cuarta. Documentación a presentar junto con la solicitud.
Los partidos políticos, entidades y asociaciones deberán presentar, junto con la solicitud la siguiente documentación:
- Seguro de responsabilidad civil en vigor cuya titularidad corresponda al partido político, sin franquicia y por una cuantía no inferior a 150.000 euros, quedando esta Junta Municipal de Distrito exenta de cualquier tipo de responsabilidad por este motivo. La póliza deberá dar cobertura a los riesgos que puedan derivarse del ejercicio de la actividad.
- Certificado/s acreditativo/s en vigor de la formación como manipulador de alimentos de aquellas personas que vayan a desempeñar la actividad en la caseta.
Los partidos políticos, entidades y asociaciones del distrito que no presenten esta documentación junto con la solicitud perderán su derecho a la adjudicación de caseta en las fiestas.
Quinta. Normas de funcionamiento de las casetas.
Las casetas a instalar en las zonas habilitadas de la plaza de Chamberí con motivo de la celebración de las Fiestas del Carmen 2025 tendrán las siguientes características:
- El período de funcionamiento de las casetas se extenderá entre las 12.00 horas del viernes 11 de julio hasta las 01:00 horas del lunes 14 de julio de 2025. No obstante, las labores de montaje y desmontaje podrán extenderse los días 10 y 14 de julio de 2025, respectivamente.