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BOAM nº 10043 (14/01/2026)
Ayuntamiento Pleno

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Resolución de 12 de enero de 2026 del Secretario General del Pleno de corrección de error advertido en la publicación del Acuerdo de 22 de diciembre de 2025 del Pleno para aprobar la aplicación del remanente líquido de tesorería para gastos generales a financiar créditos del Estado de Gastos del Presupuesto General del Ayuntamiento de Madrid 2025 y a determinar el destino final del superávit de la liquidación del ejercicio 2024 en el presente ejercicio.

El Pleno del Ayuntamiento en la sesión (15/2025), extraordinaria celebrada el día 22 de diciembre de 2025, adoptó el siguiente acuerdo:

 

«PRIMERO.- Las obligaciones pendientes de aplicar a presupuesto (cuenta 413) financiadas con los expedientes de modificaciones de crédito relacionados en el anexo I, pasan de financiarse mediante remanente de tesorería para gastosgenerales de libre uso, según el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de abril, a ser el remanente de tesorería para gastos generales en concepto de superávit.

 

SEGUNDO.- Los proyectos de inversión, por importe de 17.500.412,76 euros, relacionados en el anexo II tienen la consideración de inversiones financieramente sostenibles y pasan de financiarse con el remanente de tesorería para gastos generales de libre uso según el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de abril, a financiarse con el remanente de tesorería para gastos generales en concepto de superávit.

 

TERCERO.- La amortización anticipada de deuda por importe de 483.143.470,60 euros pasa de financiarse íntegramente con cargo al remanente de tesorería para gastos generales en concepto de superávit a financiarse con cargo al remanente de tesorería para gastos generales de libre uso según texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de abril, por importe de 229.161.226,10 euros y con cargo al remanente de tesorería para gastos generales en concepto de superávit por importe de 253.982.244,50 euros.

 

CUARTO.- Los proyectos de inversión, por importe de 39.889.730,96 euros, relacionados en el anexo III tienen la consideración de inversiones financieramente sostenibles, y mediante la modificación de su fuente de financiación, pasan de ser financiadas con recursos generales del presupuesto, a ser financiadas con cargo al remanente de tesorería para gastos generales en concepto de superávit.

 

QUINTO.- La titular del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda ordenará realizar los ajustes contables y presupuestarios que resulte necesario efectuar para su aplicación.

 

SEXTO.- Este acuerdo produce efectos desde la fecha de su aprobación sin perjuicio de su publicación del presente acuerdo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.»

 

Advertido error material en la publicación del anuncio enviado por esta Secretaría, relativo al acuerdo anteriormente transcrito, consistente en la omisión de la publicación del anexo III del mismo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 10.033, de 26 de diciembre de 2025, procede su rectificación en virtud del artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, publicando el anexo mencionado.

 

Madrid, a 12 de enero de 2026.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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