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BOAM nº 9248 (21/10/2022)
Área de Gobierno de Hacienda y Personal

3007

Resolución de 18 de octubre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se aprueban las bases por las que se regirá el proceso selectivo para proveer plazas de Personal Oficios Servicios Internos del Ayuntamiento de Madrid para personas con discapacidad intelectual y se convocan plazas de dicha categoría.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 6.5 del Acuerdo sobre condiciones de trabajo comunes al personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos para el periodo 2019-2022 (Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid núm. 8.307, de 2 de enero de 2019), las bases por las que se regirá el proceso selectivo para proveer plazas de Personal Oficios Servicios Internos del Ayuntamiento de Madrid para personas con discapacidad intelectual fueron sometidas a la consideración de la Mesa General de Negociación de Personal Funcionario del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos en su reunión de fecha 3 de octubre de 2022.

 

Por Acuerdo de 28 de julio de 2022 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se aprueba la Oferta de Empleo Público del año 2022 (BOAM núm. 9.193, de 3 de agosto de 2022), que incluye 17 plazas de Personal Oficios Servicios Internos del Ayuntamiento de Madrid, de las cuales 15 plazas se reservan para personas con discapacidad intelectual.

 

Por otro lado y en aplicación de lo dispuesto en el artículo 55 de la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, y en el II Plan de Igualdad entre Mujeres y Hombres del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, aprobado por Acuerdo de 4 de noviembre de 2021 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (BOAM núm. 9.011, de 8 de noviembre de 2021), consta en el presente expediente de convocatoria informe de impacto de género en aplicación del principio de igualdad de mujeres y hombres.

 

De acuerdo con lo dispuesto en el apartado 11º.1.2.b) del Acuerdo de 27 de junio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Hacienda y Personal (Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid núm. 168, de 17 de julio de 2019), modificado por Acuerdo de 30 de enero de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid (Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid núm. 8.573, de 3 de febrero de 2020), corresponde al Director General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar, aprobar las bases y resolver las convocatorias de selección de personal, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Portavoz, Seguridad y Emergencias.

 

Por todo cuanto antecede, vengo en aprobar la siguiente

 

RESOLUCIÓN

 

PRIMERO.- Aprobar las bases que regirán la convocatoria del proceso selectivo para proveer plazas de Personal Oficial Servicios Internos del Ayuntamiento de Madrid para personas con discapacidad intelectual, encuadradas en la Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, correspondientes a otras agrupaciones profesionales, según lo establecido en la disposición adicional sexta del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en relación con su disposición transitoria tercera.

 

Dichas bases figuran como Anexo a la presente resolución.

 

SEGUNDO.- Convocar pruebas selectivas para proveer 15 plazas, correspondientes a la ejecución de la Oferta de Empleo Público del año 2022, de la categoría de Personal Oficios Servicios Internos del Ayuntamiento de Madrid para personas con discapacidad intelectual.

 

TERCERO.- El importe de la tasa por derechos de examen es de cero euros, de acuerdo con la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa por Derechos de Examen, en la que se establece una reducción del cien por cien de la tasa a favor de personas en situación de discapacidad igual o superior al 33%. Para la aplicación de esta reducción, el sujeto pasivo deberá aportar la tarjeta acreditativa del grado de discapacidad expedida por la correspondiente Comunidad Autónoma.

 

CUARTO.- El orden en que habrán de actuar los/las aspirantes en los ejercicios que no se puedan realizar conjuntamente, se iniciará alfabéticamente dando comienzo el/la opositor/a cuyo primer apellido comience con la letra U, de conformidad con el sorteo realizado por la Secretaría de Estado de Función Pública el día 4 de mayo de 2022 (Boletín Oficial del Estado núm. 114, de 13 de mayo de 2022).

 

QUINTO.- El plazo de admisión de instancias solicitando tomar parte en las pruebas selectivas será de veinte días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

 

Todas las personas que participen en este proceso selectivo están obligadas a relacionarse con la Administración municipal a través de medios electrónicos, en virtud de lo dispuesto en el Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid y en la Ordenanza de Atención a la Ciudadanía y Administración Electrónica, aprobada por Acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Madrid, el 26 de febrero de 2019 (artículo 38.2 y Anexo).

 

Los/las aspirantes deberán realizar la solicitud y aportar el documento de autoliquidación por importe de cero euros por el canal electrónico, a través del enlace "Registro Electrónico" disponible en "Tramitar en línea". Una vez relleno el impreso de autoliquidación que genera la aplicación por importe de cero euros, necesario para poder presentar la solicitud, debe firmar y registrar la solicitud.

 

En todo caso, será preciso conservar el documento de autoliquidación que genera la aplicación por importe cero euros, puesto que es obligatorio para presentar la solicitud.

 

Los/las aspirantes quedan vinculados a los datos consignados en la solicitud, y una vez presentada esta, solo podrán demandar su modificación mediante escrito motivado dentro del plazo establecido para la presentación de solicitudes.

 

SEXTO.- Por el órgano competente se procederá a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es), así como un extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial del Estado.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

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