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BOAM nº 10000 (05/11/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

4094

Resolución de 31 de octubre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se modifica el Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer, mediante turno libre, 54 plazas de personal funcionario de carrera de la categoría de Monitor/a Deportivo/a del Ayuntamiento de Madrid.

El Director General de Planificación de Recursos Humanos con fecha 16 de octubre de 2025 (BOAM núm. 9991, de 23 de octubre de 2025) dispuso el nombramiento de los miembros del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas convocadas mediante Resolución de 20 de febrero de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9826, de 25 de febrero de 2025), para la provisión de 54 plazas de personal funcionario de carrera de la categoría de Monitor/a Deportivo/a del Ayuntamiento de Madrid.

 

D.ª Beatriz Sanz Álvaro, vocal titular del citado órgano de selección, ha presentado escrito de renuncia por incurrir en una causa de abstención, de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, habiéndose propuesto, en su sustitución, a D.ª Marta Alba Pereda.

 

Corresponde al Director General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para efectuar el nombramiento de los miembros de los órganos de selección, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2.b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOAM núm. 9419, de 5 de julio de 2023).

 

En ejercicio de las competencias atribuidas

 

RESUELVO

 

PRIMERO.- Modificar la composición del Tribunal Calificador de las pruebas selectivas para proveer 54 plazas de Monitor/a Deportivo/a del Ayuntamiento de Madrid, designado mediante Resolución de 16 de octubre de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM núm. 9991, de 23 de octubre de 2025), en el siguiente sentido:

 

Nombrar a D.ª Marta Alba Pereda como presidenta titular, en sustitución de D.ª Beatriz Sanz Álvaro.

 

SEGUNDO.- La presente resolución se publicará en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica (www.madrid.es).

 

Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 31 de octubre de 2025.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.

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