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BOAM nº 7942 (06/07/2017)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

1517

Acuerdo de 29 de junio de 2017 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba someter a consulta pública previa la elaboración del proyecto de Reglamento de adjudicación de viviendas gestionadas por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, regula en su artículo 133 la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando que, con carácter previo a la elaboración de la norma, se sustanciará una consulta pública previa en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectados por la misma.

 

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada ley, la Junta de Gobierno ha aprobado las directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales, mediante Acuerdo de 20 de octubre de 2016.

 

El Ayuntamiento de Madrid posee competencia en materia de gestión de vivienda de protección pública en virtud del artículo 25.2.a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LRBRL).

 

En ejercicio de la potestad reglamentaria reconocida por los artículos 4.4.a) de la LRBRL y 55 del Texto Refundido las Disposiciones Legales en Materia de Régimen Local, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, el Ayuntamiento de Madrid aprobó el vigente reglamento de adjudicación de viviendas con protección pública afectas a los programas municipales de vivienda a aplicar por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, Sociedad Anónima, el 30 de octubre de 2012.

 

Este Reglamento fue modificado el 28 de septiembre de 2016 con el objetivo de unificar los regímenes de adjudicación de vivienda en el de arrendamiento, priorizando el alquiler estable y de calidad en las políticas de vivienda del Ayuntamiento de Madrid e incorporar la posibilidad de adjudicación directa de vivienda a las personas incursas en situaciones de atención prioritaria.

 

Para dar respuesta a una serie de necesidades el Ayuntamiento de Madrid opta por elaborar un nuevo Reglamento que permite presentar soluciones eficaces y socialmente consensuadas a los problemas del presente y se anticipa a las realidades de la adjudicación y gestión de vivienda en el futuro.

 

El apartado tercero de las Directrices establece que corresponderá a la Junta de Gobierno, a propuesta de la Coordinación General de la Alcaldía, Gerencia de la Ciudad y titulares de las Áreas de Gobierno competentes por razón de la materia, acordar el sometimiento a consulta pública.

 

En su virtud, a propuesta de la Delegada del Área de Gobierno de Equidad, Derechos Sociales y Empleo, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 29 de junio de 2017,

 

ACUERDA

 

Primero: Someter a consulta pública previa el proyecto de reglamento de adjudicación de viviendas gestionadas por la Empresa Municipal de la Vivienda y Suelo de Madrid, S.A., durante un plazo de 30 días naturales.

 

Segundo: El presente acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 29 de junio de 2017.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, P.S., Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Portavoz, Coordinación de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno de 27 de junio de 2017, el Jefe de Servicio de Apoyo Institucional y Asistencia Técnica, Cirilo García Teresa.

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