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BOAM nº 5760 (14/06/2007)
Área de Gobierno de Hacienda y Administración Pública

1428

Decreto de 11 de mayo de 2007 de la Concejala del Área Delegada de Personal por el que se aprueban las Bases Específicas por las que se regirá el proceso selectivo para proveer, por promoción interna, plazas de Técnico Auxiliar Sanitario en ejecución del acuerdo del Ayuntamiento de Madrid y organizaciones sindicales para el periodo 2004-2007.

La realización de las pruebas selectivas convocadas para proveer, por promoción interna, plazas de Técnico Auxiliar Sanitario se ajustará a lo establecido en las bases generales que rigen los procesos de selección del personal funcionario del Ayuntamiento de Madrid, aprobadas por decreto de la Concejala Delegada de Personal de fecha 28 de marzo de 2005 (B.O.A.M. núm. 5.645, de 31 de marzo de 2005) y modificadas por decreto del mismo órgano de fecha 24 de marzo de 2006 (B.O.A.M. núm. 5.697, de 30 de marzo de 2006), así como a lo prevenido en las presentes bases específicas.

 

 

1. Características de las plazas

 

Las plazas convocadas corresponden al grupo C subgrupo C1 de titulación de los previstos en el articulo 76 y en la disposición transitoria tercera del vigente Estatuto Básico del Empleado Público , y están encuadradas en la escala de Administración Especial, subescala Técnica, clase Auxiliar de la plantilla del Ayuntamiento de Madrid.

A los titulares de estas plazas les corresponderán las funciones que a continuación se relacionan:

 

- Tareas de recepción:

-Atención a las demandas de los usuarios tanto en presencia física como en atención telefónica.

- Información sobre servicios y procedimientos de los usuarios.

- Citación en consulta y filiación de OMI-MS.

- Colaboración en tareas de archivo: búsqueda y archivo de Historias Clínicas, recepción y clasificación de los resultados de las pruebas diagnósticas, reclamación de resultados de pruebas, etc...

- Apoyo auxiliar a las consultas médicas y de enfermería.

- Apoyo auxiliar a las actividades grupales.

- Colaboración en la valoración de necesidades y reposición de materiales (sanitario, fungible y de papelería).

- Colaboración con la Dirección del Centro en la gestión del almacén de material, control de existencias, colocación, etc...

- Limpieza y esterilización del instrumental de las consultas, así como de los elementos o materiales sanitarios necesarios para el desarrollo de las actividades de las dependencias a los que no debe tener acceso el personal de limpieza del Centro.

- Colaboración con la Dirección del Centro en el tratamiento de residuos biosanitarios y biotóxicos.

- Colaboración en el control de la lencería, preparación, recepción y clasificación de la ropa de lavandería.

- Participación en las actividades de educación sanitaria y en las tareas de divulgación relacionadas con su área de conocimientos.

 

1.1. Reserva de plazas en la convocatoria

 

Se reservarán un total del 5 por 100 de las vacantes que se convoquen para ser cubiertas entre personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, siempre que superen las pruebas selectivas y que, en su momento, acrediten el indicado grado de discapacidad y la compatibilidad con el desempeño de las tareas y funciones correspondientes. Se garantizará la igualdad de condiciones en las pruebas con respecto a los demás aspirantes.

Las plazas sin cubrir de las reservadas al turno de discapacidad se acumularán a las de turno ordinario de promoción interna.

 

 

2. Requisitos de los aspirantes

 

Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

 

a) Pertenecer como funcionario de carrera a la categoría de Auxiliar Sanitario del Ayuntamiento de Madrid.

 

b) Haber prestado servicios en dicha categoría como funcionario de carrera por un periodo mínimo de 2 años. A estos efectos se computarán los servicios prestados por los aspirantes en las situaciones equiparadas al servicio activo por la legislación vigente.

 

c) Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de Bachiller Superior, Bachillerato Unificado Polivalente, título de Bachiller-LOGSE, Formación Profesional de segundo grado o equivalente, o tener aprobadas las pruebas de acceso a la Universidad para mayores de veinticinco años.

En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

 

Aquellos funcionarios que carezcan de la titulación requerida en el párrafo anterior podrán participar en estas pruebas selectivas siempre que tengan una antigüedad de diez años como funcionarios de carrera en Cuerpos o Escalas del Grupo D.

 

 

3. Sistema selectivo

 

El procedimiento de selección de los aspirantes constará de dos fases:

 

a) Concurso

b) Oposición

 

3.1. Fase de concurso

 

La fase de concurso, que será previa a la de oposición, no tendrá carácter eliminatorio y no podrá tenerse en cuenta para superar las pruebas de la fase de oposición.

 

Serán méritos puntuables:

 

a) Experiencia Profesional

b) Formación

 

3.2. Fase de oposición

 

La fase de oposición tendrá carácter eliminatorio y constará de los siguientes ejercicios:

 

Primer ejercicio: Consistirá en contestar un cuestionario de 90 preguntas que versarán sobre el contenido del programa que se incluye como anexo a estas Bases.

Este cuestionario estará compuesto por preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.

El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de noventa minutos.

 

Segundo ejercicio: Consistirá en resolver un supuesto de carácter práctico a escoger por el opositor entre dos propuestos por el Tribunal. El supuesto estará desglosado en 18 preguntas con tres respuestas alternativas, siendo una de ellas la correcta.

El tiempo máximo para su realización será de 45 minutos.

 

 

4. Calificación

 

4.1. Calificación de la fase de concurso

 

Normas generales

 

Los aspirantes alegarán los méritos a los que se refiere la base 3.1. en la instancia o en el modelo normalizado establecido al efecto por el Ayuntamiento de Madrid. Junto a la instancia se aportarán los documentos acreditativos de dichos méritos debidamente compulsados.

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