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BOAM nº 6574 (19/12/2011)
Madrid Salud

2484

Resolución de 15 de diciembre de 2011 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se hace pública la relación de ayudas concedidas correspondientes a la ayuda comedor escolar para los hijos de 3 a 16 años de trabajadores del Organismo Autónomo Madrid Salud. Año 2011.

Por Resolución de 24 de enero de 2011 de la Directora General de Relaciones Laborales se hacen públicas en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de fecha 31 de enero de 2011, las Bases Reguladoras para el año 2011 de las ayudas de acción social, aprobadas por la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos.

 

Conforme a las citadas Bases Reguladoras, Anexo VIII, pueden solicitar ayudas de comedor escolar para los hijos de 3 a 16 años los empleados públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos que cumplan los requisitos establecidos en el ámbito de aplicación del Acuerdo de la Mesa General de Negociación.

 

Examinadas las solicitudes presentadas para el curso 2010/2011 por los trabajadores del Organismo Autónomo Madrid Salud y comprobado que cumplen los requisitos exigidos, y en virtud de las facultades que me han sido conferidas por los Estatutos del Organismo Autónomo Madrid Salud, aprobado por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en sesión ordinaria de fecha 19 de noviembre de 2004, esta Gerencia

 

RESUELVE

 

Primero. Conceder de forma individualizada 168 ayudas de comedor escolar para hijos de 3 a 16 años los empleados públicos del Organismo Autónomo Madrid Salud.

 

Segundo. Publicar en el Tablón de anuncios de Madrid Salud, calle Juan Esplandiú, 11 y en la intranet municipal Ayre la relación de solicitantes a los que se les ha concedido las ayudas.

 

Tercero. Publicar en el Boletín Oficial de Ayuntamiento de Madrid, extracto del anuncio.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa los interesados podrán interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes ante la Directora General de Relaciones Laborales, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, de conformidad con el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

 

El personal laboral podrá interponer, ante el órgano que adoptó la presente resolución, reclamación previa a la vía judicial laboral. Planteada tal reclamación se interrumpirán los plazos para el ejercicio de las acciones judiciales, que volverán a contarse a partir de la fecha de notificación de la resolución expresa o, en su caso, desde que se entienda desestimada por el transcurso del plazo. Transcurrido un mes sin haber sido notificada resolución alguna, podrá considerar desestimada la reclamación a los efectos de la acción judicial laboral, conforme a lo dispuesto en los artículos 120 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 69 y siguientes del Real Decreto Legislativo 2/1995, de 7 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Procedimiento Laboral.

 

Madrid, a 15 de diciembre de 2011.- El Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud, José Manuel Torrecilla Jiménez.

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