BOAM nº 9266 (18/11/2022)
Agencia para el Empleo de Madrid
3281
Resolución de 17 de noviembre de 2022 del Gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid por la que se resuelve la convocatoria de un puesto de trabajo para ser provisto por el procedimiento de libre designación LD AEM 12-2022.Por resolución de 25 de agosto de 2022 del Gerente del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid de 29 de agosto de 2022, se convocó un puesto de trabajo para su provisión por el procedimiento de libre designación LD AEM 12-2022.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 12 y siguientes del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, los artículos 51 y siguientes del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado y con las bases generales por las que se regirán los procedimientos para la provisión definitiva y temporal de puestos de trabajo de personal funcionario en el Ayuntamiento de Madrid y en sus Organismos Autónomos, aprobadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 26 de noviembre de 2020 (BOAM de 30 de noviembre de 2020) y en uso de las competencias previstas en el artículo 15 de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia para el Empleo de Madrid, aprobados por el Pleno del Ayuntamiento de Madrid en fecha 31.05.2004 (BOAM 29.07.2004).
RESUELVO
PRIMERO.- Adjudicar el puesto de trabajo que se expresa en el Anexo I a la persona propuesta.
SEGUNDO.- Esta resolución surtirá efectos desde la toma de posesión.
El cese y la toma de posesión del nuevo destino se producirán de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 13 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid, de 22 de diciembre de 2005, y 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse cualquiera de los recursos que se indican a continuación:
I.- Recurso potestativo de reposición, ante la Directora General de Costes y Gestión de Personal, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 123, 124 y 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en adelante, LPAC).
II.- Recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en cuya circunscripción tenga su domicilio la persona demandante o en los de Madrid, a elección de aquella, en el plazo de dos meses, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid (artículos 8.1, 14.1.2.ª y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa).
Todo ello sin perjuicio de que se pueda ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que se estime procedente (artículo 40.2 de la LPAC).
Madrid, a 17 de noviembre de 2022.- El Gerente de la Agencia para el Empleo de Madrid, José María Meneses Castillo.