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BOAM nº 9762 (19/11/2024)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda

3986

Resolución de 18 de noviembre de 2024 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda por la que se rectifica error material advertido en la publicación de la Resolución de 12 de noviembre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone el nombramiento, como funcionarios/as de carrera, de los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para proveer, mediante el sistema de concurso, 238 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas para la estabilización de empleo temporal de larga duración en el Ayuntamiento de Madrid.

Advertido error material en el anexo III a la Resolución de 12 de noviembre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone el nombramiento, como funcionarios/as de carrera, de los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para proveer, mediante el sistema de concurso, 238 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas para la estabilización de empleo temporal de larga duración en el Ayuntamiento de Madrid (BOAM número 9761, de 18 de noviembre de 2024), consistente en haberse publicado incompleto el listado de aspirantes excluidos/as por incumplir los requisitos previstos en el apartado 3.1.e de las bases específicas, procede su rectificación.

 

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual las Administraciones públicas podrán rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos; y de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14º 1.2 c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de Organización y Competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172 de 21 de julio de 2023),

 

RESUELVO

 

Rectificar el error material advertido en el anexo III a la Resolución de 12 de noviembre de 2024 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone el nombramiento, como funcionarios/as de carrera, de los aspirantes que han superado el proceso selectivo convocado para proveer, mediante el sistema de concurso, 238 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas para la estabilización de empleo temporal de larga duración en el Ayuntamiento de Madrid (BOAM número 9761, de 18 de noviembre de 2024), publicando completo el listado de aspirantes excluidos/as por incumplir los requisitos previstos en el apartado 3.1.e de las bases específicas.

 

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:

 

I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).

 

II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).

 

III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).

 

IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).

 

Madrid, a 18 de noviembre de 2024.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda, Paloma de Frutos Cañamero.

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