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BOAM nº 7878 (31/03/2017)
Distrito de San Blas-Canillejas

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Resolución de 2 de marzo de 2017 de la Coordinadora del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se requiere para la aportación de documentación a A. I. M., con Documento Nacional de Identidad número 52889728D, expediente 117/2017/00596.

De conformidad con lo establecido en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, habiendo sido intentada la notificación individual sin que haya resultado posible practicarla, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la presente resolución, por la que se requiere a A. I. M., con Documento Nacional de Identidad número 52889728D, para que aporte la documentación requerida en el expediente 117/2017/00596, de conformidad con la Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales (aprobada por el Ayuntamiento Pleno en sesión de 26 de julio de 2001, BOCM de 31 de agosto de 2001).

 

El texto íntegro de esta resolución, así como el expediente tramitado, podrán ser consultados por el/los interesado/s en el Negociado de Servicios Sanitarios del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.

 

Se le concede el plazo de diez días hábiles, que contará a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Tablón Edictal del Boletín Oficial del Estado, para:

 

Presentar la documentación del perro implicado en la denuncia (cartilla de vacunaciones, certificado de identificación censal, seguro de responsabilidad civil que cubra la indemnización por los posibles daños que pudiera ocasionar a las personas o bienes, último recibo pagado del mismo, licencia administrativa para la tenencia de animales potencialmente peligrosos y certificado de inscripción en el Registro de Animales Potencialmente Peligrosos), artículos 5, 6.2, 8.1, 9.1, 9.3 y 14 de la citada ordenanza.

 

De forma inmediata:

 

Siempre que se encuentren los animales en espacios públicos o privados de uso común, la persona que los conduzca y controle deberá llevar consigo la licencia administrativa y la certificación de inscripción en el Registro Municipal de Animales Potencialmente Peligrosos (artículo 8.1 del Real Decreto 287/2002, por el que se desarrolla la Ley 50/1999, de 22 de marzo, sobre el Régimen Jurídico de la Tenencia de Animales Potencialmente Peligrosos.

 

Apercibiéndole de que en caso de incumplimiento, y por tratarse de infracciones calificadas de graves y muy graves en la precitada Ordenanza Reguladora de la Tenencia y Protección de los Animales, le serán impuestas las sanciones administrativas correspondientes, previa instrucción de oportuno expediente previsto según la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas

 

Dicha documentación se podrá presentar en cualquiera de los registros de las Juntas Municipales de Distrito y en los registros de las Áreas de Gobierno del Ayuntamiento de Madrid, o en cualquiera de los lugares y formas establecidas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, indicando el número de expediente.

 

Madrid, a 2 de marzo de 2017.- La Coordinadora del Distrito de San Blas-Canillejas, Delia María Berbel Aguilera.

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