BOAM nº 9269 (23/11/2022)
Madrid Salud
3340
Resolución de 17 de noviembre de 2022 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se convoca concurso general de méritos FG-MS 3/2022, para la provisión de puestos de trabajo.Existiendo puestos de trabajo, dotados presupuestariamente, en la Relación de Puestos de Trabajo de este Organismo, cuya provisión corresponde llevar a efecto mediante el procedimiento de concurso de méritos, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 79 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, en el artículo 44 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, el artículo 12 del Reglamento de Ordenación del Personal del Ayuntamiento de Madrid de 22 de diciembre de 2005, y en las Bases Generales por las que se regirán los procedimientos para la provisión definitiva y temporal de puestos de trabajo de personal funcionario en el Ayuntamiento de Madrid y en sus Organismos Autónomos, de 26 de noviembre de 2020, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas, por el artículo 15 j) de los Estatutos de Madrid Salud, esta Gerencia
RESUELVE
PRIMERO.- Convocar concurso general de méritos FG-MS 3/2022 para la provisión de puestos de trabajo en Madrid Salud que figuran relacionados y descritos en el Anexo I.
SEGUNDO.- Requisitos de participación.
1. Podrán participar en este concurso el personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid y los/as funcionarios/as de carrera procedentes de otras Administraciones Públicas que hayan accedido a la Administración del Ayuntamiento de Madrid por los procedimientos de provisión con carácter definitivo, y continúen prestando servicios en el mismo, siempre que el cuerpo, escala o especialidad de los mismos sean considerados como equivalentes a la escala, subescala y/o categoría del puesto convocado, cualquiera que sea su situación administrativa, excepto la suspensión de funciones, hasta que se haya cumplido el periodo de suspensión y la excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar hasta que no transcurra el tiempo mínimo exigido de permanencia en las mismas (dos años), cuando reúnan las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en la presente convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de instancias.
2. La solicitud de participación en este procedimiento de provisión desde situaciones diferentes a la de servicio activo podrá efectuarse conforme a lo previsto en la normativa vigente de aplicación y equivaldrá, en su caso, a la solicitud de reingreso, salvo en el caso del personal funcionario de carrera en situación administrativa de excedencia por cuidado de familiares o de servicios especiales que, aunque resulte adjudicatario de algún puesto, podrá continuar en dicha situación.
3. El personal funcionario de carrera en servicio activo con destino definitivo solo podrán participar en esta convocatoria siempre que hayan transcurrido dos años desde la toma de posesión en dicho destino hasta el día en que finalice el plazo de presentación de instancias, excepto en el ámbito del Organismo Autónomo Madrid Salud, o salvo que hubiesen sido nombrados posteriormente para ocupar un puesto de libre designación o se suprima su puesto, o que hayan sido removidos o cesados del puesto obtenido por el procedimiento de concurso o de libre designación.
A estos efectos, a quienes hayan accedido a otra categoría por promoción interna o por integración y permanezcan en el puesto de trabajo que desempeñaban, siempre que lo ocuparan con destino definitivo, se les computará el tiempo de servicios prestados en dicho puesto en la categoría de procedencia.
4. El personal funcionario en servicio activo con destino provisional, excepto en comisión de servicios, en puestos de trabajo incluidos en esta convocatoria, tendrá la obligación de participar en la misma.
Los requisitos y condiciones de participación exigidos se deberán mantener hasta la resolución del procedimiento.
TERCERO.- Presentación de solicitudes.
La solicitud para tomar parte en este concurso, ajustada al modelo publicado como Anexo II de esta convocatoria y dirigida a la Subdirección General de Recursos Humanos de Madrid Salud, avenida del Mediterráneo, 62, código postal 28007 de Madrid, se presentará en el plazo de quince días hábiles contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, en la Oficina de Registro de Madrid Salud, en las restantes oficinas de Registro del Ayuntamiento de Madrid, en los Registros de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todas aquellas oficinas de Registro que establecen las disposiciones vigentes. También podrán remitirse mediante las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Se deberá presentar una única solicitud por cada convocatoria, indicando el orden de preferencia de adjudicación de los puestos a los que se opta. En el caso de que se presentará más de una solicitud por cada convocatoria, únicamente se tendrá en consideración la última presentada dentro del plazo establecido para ello.
En caso de que proceda, y siempre que el/la concursante tenga reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33%, se hará constar si requiere la adaptación de alguno de los puestos solicitados.
Asimismo, el personal funcionario de carrera que pertenezca a más de un cuerpo, escala, categoría o especialidad del mismo o distinto subgrupo de titulación, deberá indicar expresamente el cuerpo, escala, categoría o especialidad y situación administrativa desde la que desea participar.
La presentación de la solicitud para participar en la convocatoria será vinculante para quien participe salvo que obtenga un puesto con destino definitivo durante la tramitación de la convocatoria o que desista de su solicitud.
La solicitud de participación en el concurso lleva implícita la petición de consolidación de grado que corresponda a la persona que participen en el caso de que no tuviera reconocido ese grado.
La convocatoria se publicará también en la intranet municipal.