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BOAM nº 8091 (12/02/2018)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 8 de febrero de 2018 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba el Acuerdo de 13 de diciembre de 2017 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos sobre modificación puntual del horario del personal del Museo de Arte Contemporáneo.

El Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 13 de septiembre de 2012 por el que se adapta la regulación aplicable al personal al servicio del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos en cumplimiento de la normativa básica y del Acuerdo de la Junta de Gobierno de 25 de julio de 2012, contiene en el apartado segundo del Anexo los horarios especiales del personal municipal que son objeto de adaptación a la nueva jornada de treinta y siete horas y media de promedio semanal, en virtud de lo dispuesto al efecto en el Acuerdo de 25 de julio de 2012 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, incluyéndose entre otros el del personal del Museo de Arte Contemporáneo.

 

Conforme a lo dispuesto en el citado Acuerdo, el horario del personal del Museo de Arte Contemporáneo desarrolla su jornada laboral en diversos turnos y horarios habiéndose fijado en concreto para la jornada en turno de tarde y fines de semana alternos, un horario en el que se incluía el sábado como día laborable tanto en la jornada semanal ( de martes a sábados, de 15,00 a 21,30 horas) como en el fin de semana ( sábado y domingo, de 9,45 a 14,15 horas) que correspondía trabajar.

 

Y para el personal con jornada partida prestada en semanas alternas, un horario en el que se preveía también el trabajo en lunes, en horario de 9,30 a 14,00 horas y de 17,30 a 21,30 horas, cuando el Museo de Arte Contemporáneo permanece cerrado al público los lunes y sin que el resto del personal de este Museo así como el de Conde Duque Exposiciones que se ubica en el mismo edificio, presten servicio ese día de la semana.

 

A la vista de las circunstancias expuestas, resultaba procedente adaptar el horario del personal del Museo de Arte Contemporáneo que tiene asignada la jornada partida en semanas alternas al de su funcionamiento y apertura al público, homogeneizando de esta manera la jornada y horarios de todo el personal adscrito al Museo, y , por otra parte, suprimir la doble inclusión en la jornada de tarde y fines de semana alternos, del sábado como día de prestación del servicio en la semana que corresponde trabajar de lunes a domingo.

 

A tales efectos y de conformidad con lo establecido en los artículos 36.3 y 37 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, se ha elevado a la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, propuesta de modificación puntual del horario del personal del Museo de Arte Contemporáneo habiéndose aprobado la misma con la unanimidad de la representación sindical en sesión de 13 de diciembre de 2017, adoptándose en consecuencia Acuerdo en tal sentido con el que queda fijado el horario del personal del Museo de Arte Contemporáneo afectado en los siguientes términos:

 

Jornada de tarde y fines de semana alternos

- De martes a viernes de 15,00 a 21,30 horas.

- Sábado y domingo de 9,45 a 14,15 horas.

 

Jornada partida y semanas alternas

- De martes a sábado de 9,30 a 14,00 horas y de 17,30 a 21,30 horas.

- Domingos de 10,30 a 14,30 horas.

 

El artículo 38.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, establece que para la validez y eficacia de los acuerdos adoptados en el seno de las Mesas de Negociación correspondientes será necesaria su aprobación expresa y formal por los órganos de gobierno de las Administraciones Públicas.

 

En consecuencia, y al amparo de la normativa que ha quedado expuesta, el presente Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid tiene por objeto aprobar el acuerdo de 13 de diciembre de 2017 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos sobre modificación puntual del horario de trabajo del personal del Museo de Arte Contemporáneo.

 

Y en tanto que el horario modificado se encuentra regulado en el apartado segundo del Anexo del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 13 de septiembre de 2012 por el que se adapta la regulación aplicable al personal al servicio del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos en cumplimiento de la normativa básica y del Acuerdo de la Junta de Gobierno de 25 de julio de 2012, este Acuerdo habrá de modificarse al resultar afectado por el Acuerdo cuya aprobación por la Junta de Gobierno se propone.

 

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1. m) de la Ley 22/2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid, vista la propuesta del Gerente de la Ciudad, que eleva la Secretaria de la Junta de Gobierno, previa deliberación la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid en su reunión de 8 de febrero de 2018,

 

ACUERDA

 

PRIMERO.- Aprobar expresa y formalmente el Acuerdo de 13 diciembre de 2017 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos sobre modificación puntual del horario del personal del Museo de Arte Contemporáneo, que se acompaña como Anexo al presente Acuerdo.

 

SEGUNDO.- Modificar el apartado segundo del Anexo del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 13 de septiembre de 2012 por el que se adapta la regulación aplicable al personal al servicio del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos en cumplimiento de la normativa básica y del Acuerdo de la Junta de Gobierno de 25 de julio de 2012 en lo relativo a los horarios del personal del Museo de Arte Contemporáneo con jornada de tarde y fines de semana alternos y con jornada partida y semanas alternas que queda redactado en los términos especificados en el Acuerdo de 13 diciembre de 2017 de la Mesa General de Negociación de los Empleados Públicos del Ayuntamiento de Madrid y sus organismos autónomos sobre modificación puntual del horario del personal del Museo de Arte Contemporáneo que se adjunta como Anexo.

 

TERCERO.- Este Acuerdo surtirá efectos desde el día de su aprobación, debiendo publicarse en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 8 de febrero de 2018.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno y Relaciones con el Pleno, María Pilar Aguilar Almansa.

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