BOAM nº 10114 (27/04/2026)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
1527
Resolución de 23 de abril de 2026 del Director General de Programas y Actividades Culturales por la que se concede un plazo para la subsanación de las solicitudes presentadas en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2026.La titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte por Decreto de 5 de febrero de 2026, a propuesta de la Dirección General de Programas y Actividades Culturales, acuerda iniciar los trámites administrativos correspondientes a la convocatoria pública de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2026.
El 19 de marzo de 2026 se publica el extracto de la convocatoria y sus correspondientes bases en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (en adelante, BOCM) n.º 77 y el texto completo en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid n.º 9.851 (en adelante, BOAM) simultáneamente, en donde se establece un plazo de 10 días para la presentación de solicitudes, plazo que finalizaba el 13 de abril de 2026.
Una vez revisadas las solicitudes presentadas y analizada la documentación aportada, y de conformidad con el artículo 23.5 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y el artículo 13 de la convocatoria y, de acuerdo con el artículo 68 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, como órgano instructor,
RESUELVO
PRIMERO.- Conceder un plazo máximo e improrrogable de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para la subsanación de las solicitudes presentadas en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios de formato medio y grande de actividad escénica y salas de exhibición cinematográfica 2026 relacionadas en el Anexo indicándoles que si no lo hiciesen se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte.
SEGUNDO.- Publicar esta disposición en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, así como en la Sede Electrónica (https://sede.madrid.es), según lo previsto en el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y en el artículo 13 de la convocatoria.
Madrid, a 23 de abril de 2026.- El Director General de Programas y Actividades Culturales, Rafael Cabrera Yagües.