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BOAM nº 8289 (30/11/2018)
Ayuntamiento Pleno

2443

Acuerdo de 27 de noviembre de 2018 del Pleno del Ayuntamiento de Madrid por el que se aprueba la concesión de un suplemento de crédito, por importe de 11.790.250 euros, en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid (Áreas de Gobierno de Economía y Hacienda; Desarrollo Urbano Sostenible; Medio Ambiente y Movilidad; Cultura y Deportes; y Distritos de Retiro, Chamartín y Latina).

El Pleno del Ayuntamiento en sesión (30/2018), ordinaria celebrada el día 27 de noviembre de 2018, adoptó el siguiente acuerdo:

 

"Aprobar la concesión de un suplemento de crédito por importe de 11.790.250 euros en el Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid, con el desglose y aplicación presupuestaria que se detalla:

 

• 208.700 euros, en la aplicación presupuestaria 001/057/321.10/622.00 "Edificios y otras construcciones" del programa 321.10 "Creación centros docentes infantil y primaria" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2018.

 

• 1.740.899 euros, en la aplicación presupuestaria 001/057/933.03/622.00 "Edificios y otras construcciones" del programa 933.03 "I.F.S. Gestión del Patrimonio" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2018.

 

• 6.100.000 euros, en la aplicación presupuestaria 001/057/933.03/632.00 "Edificios y otras construcciones (Reforma)" del programa 933.03 "I.F.S. Gestión del Patrimonio" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2018.

 

• 116.943,48 euros, en la aplicación presupuestaria 001/087/153.21/619.10 "Viales (Remodelación)" del programa 153.21 "Vías públicas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2018.

 

• 280.000 euros, en la aplicación presupuestaria 001/087/153.21/619.11 "Pasos a distinto nivel" del programa 153.21 "Vías públicas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2018.

 

• 1.800.000 euros, en la aplicación presupuestaria 001/087/153.40/619.04 "Urbanización a cargo del Ayuntamiento (Remodelación)" del programa 153.40 "Infraestructuras urbanas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2018.

 

• 700.000 euros, en la aplicación presupuestaria 001/097/171.01/633.00 "Maquinaria (Reforma y reposición)" del programa 171.01 "Patrimonio verde" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2018.

 

• 11.505,52 euros, en la aplicación presupuestaria 001/098/333.03/745.06 "Transferencias de capital a Madrid Destino, Cultura, Turismo y Negocio, S.A." del programa 333.03 "Otros equipamiento culturales" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2018.

 

• 29.050 euros, en la aplicación presupuestaria 001/098/336.01/633.01 "Instalaciones (Reforma y reposición)" del programa 336.01 "Patrimonio cultural y paisaje urbano" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2018.

 

• 31.152 euros, en la aplicación presupuestaria 001/098/336.01/639.00 "Patrimonio histórico artístico y cultural asociado al funcionamiento del sector público (Reforma y reposición)" del programa 336.01 "Patrimonio cultural y paisaje urbano" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2018.

 

• 70.000 euros, en la aplicación presupuestaria 001/098/933.03/632.00 "Edificios y otras construcciones (Reforma)" del programa 933.03 "I.F.S. Gestión del Patrimonio" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2018.

 

• 2.000 euros, en la aplicación presupuestaria 001/203/231.03/625.99 "Otro mobiliario y enseres" del programa 231.03 "Personas mayores y servicios sociales" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2018.

 

• 10.000 euros, en la aplicación presupuestaria 001/205/153.22/619.99 "Otras inversiones de reposición en infraestructuras y bienes de uso general" del programa 153.22 "Otras actuaciones en vías públicas" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2018.

 

• 690.000 euros, en la aplicación presupuestaria 001/210/933.03/632.00 "Edificios y otras construcciones (Reforma)" del programa 933.03 "I.F.S. Gestión del Patrimonio" del Presupuesto del Ayuntamiento de Madrid para 2018.

 

La citada modificación se financia con bajas por anulación de créditos de los proyectos de inversión financieramente sostenibles que se detallan en el documento de solicitud que corresponden al capítulo 6 "Inversiones reales" del Ayuntamiento de Madrid, por la no ejecución de los mismos".

 

Lo que se hace público para general conocimiento, indicándose que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 8.1, 10.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente en derecho (artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas).

 

Madrid, a 27 de noviembre de 2018.- El Secretario General del Pleno, Federico Andrés López de la Riva Carrasco.

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