BOAM nº 10033 (26/12/2025)
Distrito de Fuencarral-El Pardo
4860
Decreto de 22 de diciembre de 2025 del Concejal Presidente del Distrito de Fuencarral-El Pardo por el que se aprueba la concesión de subvenciones de fomento del asociacionismo para la anualidad 2025.Con fecha 10 de octubre de 2025 ha sido formulada por el órgano instructor designado en la convocatoria pública de subvenciones de fomento del asociacionismo del Distrito de Fuencarral-El Pardo del ejercicio 2025, según lo dispuesto en el artículo 20 de la misma, la siguiente Propuesta de Resolución Definitiva:
"De conformidad con lo estipulado en el artículo 27 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 30 de octubre de 2013, y en el artículo 19 de la convocatoria pública de subvenciones de fomento del asociacionismo del ejercicio 2025 del Distrito de Fuencarral-El Pardo, y a la vista del informe emitido por la Comisión de Valoración de fecha 1 de septiembre de 2025, el órgano instructor que suscribe formuló Propuesta de Resolución Provisional.
Al amparo del artículo 76 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y del artículo 19 de las bases reguladoras de la presente convocatoria, tras la publicación de la propuesta provisional en Sede Electrónica, se abrió un plazo de diez días hábiles para que las entidades formularan las alegaciones que estimaran oportunas.
Finalizado el plazo se ha presentado alegación que fue examinada por el órgano instructor y la Comisión de Valoración el día 7 de octubre de 2025:
Entidad solicitante: ASOCIACIÓN DE MADRES Y PADRES DE ALUMNOS DEL COLEGIO PÚBLICO CARDENAL HERRERA ORIA.
Denominación Modalidad: Gastos de alquiler y de funcionamiento de la sede social u otros espacios.
RESOLUCIÓN PROVISIONAL:
No aparece reflejada Modalidad Gastos de alquiler y de funcionamiento de la sede social u otros espacios.
RESULTADO VALORACIÓN ALEGACIÓN:
Revisada su alegación de expediente presentada el pasado 14 de septiembre contra resolución provisional, se comprueba que no cursa error en el informe de propuesta provisional. Respecto al punto de alegaciones, en la solicitud presentada por Registro la entidad el pasado 9 de junio se realiza solicitud de Gastos de alquiler y de funcionamiento de la sede social u otros espacios (gastos de suministro eléctrico, de agua, de gas, de teléfono, de conexión a internet, cánones por hosting y licencias de acceso a plataformas tecnológicas que faciliten el trabajo en red, así como gastos por seguros sobre el inmueble o de responsabilidad civil suscritos a nombre de la entidad). En la convocatoria de subvenciones de fomento de asociacionismo del Distrito Fuencarral-El Pardo para la anualidad 2025 no se contempla dicha modalidad de gasto. En el artículo 3 relativo a la Cuantía de la convocatoria e imputación presupuestaria se indica que la modalidad de "Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios" sólo contempla la modalidad para gastos de adquisición de equipamiento, mobiliario y equipos informáticos; así como en el artículo 7.2.a) relativo a la modalidad de "Gastos de funcionamiento de sedes sociales u otros espacios", se considera a efectos de esta convocatoria exclusivamente como gastos por adquisición de equipos informáticos los relativos a los siguientes equipos y periféricos informáticos: ordenador, CPU, teclado, ratón, monitor e impresoras.
De conformidad con lo estipulado en el artículo 27.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 30 de octubre de 2013, y en el artículo 20 de la convocatoria, por parte del órgano instructor se desestimó la alegación y se resolvió definitivamente según la relación que se adjunta.
Se corrigió el error apreciado en la propuesta de resolución provisional que se puso de manifiesto por la entidad ASOCIACIÓN EXPRESIONES en su modalidad de proyectos "Un barrio para vivir, un barrio para aprender 2.0", modificándose la cantidad subvencionada a 1.860 € en vez de 2.500 € que se habían consignado".
La Propuesta de Resolución Definitiva se publicó en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid, https://sede.madrid.es, en fecha 10 de octubre de 2025, para que, en el plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación, las entidades formularon las aceptaciones oportunas.
Finalizado el plazo y continuando el proceso administrativo para la gestión del expediente de la convocatoria de subvenciones de fomento de asociacionismo, se advirtió error material el 4 de noviembre de 2025 en el ANEXO I Relación de solicitudes para las que se propone concesión de subvención en la modalidad de Gastos de mantenimiento de sedes sociales u otros espacios: Gastos de adquisición de mobiliario y/o equipamiento; y en virtud del artículo 109.2 de la Ley 39/20215, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en la adjudicación de ASOCIACIÓN NORTE JOVEN, se corrigió este nuevo error material fruto del redondeo de la aplicación Excel, por el que se habían reflejado 600,00 euros cuando la cantidad correcta eran 599,99 euros ya sí se incluyó en el ANEXO I.
Vistas las actuaciones que conforman el presente expediente, se somete a la aprobación del Concejal Presidente de este Distrito, órgano competente para resolver el presente expediente, en virtud de las atribuciones conferidas por Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias de los Distritos (BOAM núm. 9.421, de 7 de julio de 2023).
Habiendo comprobado que la propuesta se ajusta a la normativa aplicable en cumplimiento del Acuerdo Plenario de 27 de marzo de 2019 y de conformidad con lo estipulado en el artículo 27.3 de la Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos, aprobada por Acuerdo del Ayuntamiento Pleno de 30 de octubre de 2013, y en el artículo 21 de la convocatoria, se formula, por tanto,
DISPONGO
"PRIMERO.- Aprobar la concesión de subvenciones a las entidades, para los proyectos y gastos de adquisición de mobiliario y equipamiento por los importes que figuran en la relación siguiente que incluye la rectificación de errores materiales observados (Anexo I), así como la relación de solicitudes desestimadas (Anexo II) y no admitidas a trámite por dichos conceptos (Anexo III). En resolución de la convocatoria de subvenciones de fomento del asociacionismo del Distrito de Fuencarral-El Pardo para el ejercicio 2025, aprobada el 30 de abril de 2025.