BOAM nº 9856 (08/04/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
1430
Resolución de 1 de abril de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se rectifica la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as a las pruebas selectivas convocadas para la selección de 51 plazas de Educador/a Social de funcionario/a de carrera del Ayuntamiento de Madrid.Mediante Resolución de 11 de febrero de 2025, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid el día 17 de febrero de 2025, se aprobó la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as a las pruebas selectivas para el acceso a la categoría de 51 plazas de Educador/a Social del Ayuntamiento de Madrid.
Con anterioridad, mediante Resolución de 17 de enero de 2025, se procedió a la aprobación de los listados provisionales de admitidos/as y excluidos/as, con apertura de un plazo de reclamaciones del 20 de enero al 31 de enero, ambos inclusive.
Se ha comprobado que la aspirante D.ª María Teresa Zabalza Casla, subsanó en tiempo y forma con fecha 24 de enero de 2025, y que por error, su solicitud de subsanación no se examinó.
Por lo anterior, se ha de proceder a rectificar la Resolución de 11 de febrero de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, en el cual se aprobó la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as a las pruebas selectivas de referencia, toda vez que se ha constatado que la aspirante presentó en tiempo y forma subsanación al motivo por el que no aparecía en los listados.
Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para convocar y resolver los procesos selectivos de personal funcionario de carrera y personal laboral fijo, tanto de turno libre como de promoción interna, sin perjuicio de las competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2.b) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM núm. 172, de 21 de julio de 2023).
Por lo expuesto, vistas las normas citadas y demás de aplicación
RESUELVO
PRIMERO.- Incluir a D.ª María Teresa Zabalza Casla en la lista definitiva de admitidos/as por el turno general del proceso selectivo, y proceder a la rectificación de la lista definitiva de admitidos/as y excluidos/as aprobada por Resolución de 11 de febrero de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos, de la categoría de 51 plazas de Educador/a Social del Ayuntamiento de Madrid, toda vez que se ha constatado que la aspirante presentó en tiempo y forma subsanación al motivo por no aparecer en los listados.
SEGUNDO.- Disponer la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
TERCERO.- Disponer la publicación de esta resolución en el Tablón de Edictos del Ayuntamiento de Madrid y en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Madrid (www.madrid.es).
Contra la presente resolución que pone fin a la vía administrativa podrán interponerse los recursos que se indican a continuación.
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).
IV. Todo ello sin perjuicio de que utilice cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 de la LPAC).
Madrid, a 1 de abril de 2025.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.