BOAM nº 9843 (20/03/2025)
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda
1093
Resolución de 17 de marzo de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos por la que se dispone el nombramiento, como funcionaria de carrera, de una aspirante que ha superado el proceso selectivo como consecuencia de la estimación de un recurso en el proceso selectivo convocado para proveer, mediante el sistema de concurso, 238 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas para la estabilización de empleo temporal de larga duración en el Ayuntamiento de Madrid.Por Resolución de 30 de noviembre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM número 9276, de 2 de diciembre de 2022), fueron convocadas pruebas selectivas para la estabilización de empleo temporal de larga duración para proveer 238 plazas de la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas de funcionario de carrera del Ayuntamiento de Madrid.
Mediante Resolución de 21 de febrero de 2025 del Director General de Planificación de Recursos Humanos se dispone que por el órgano competente se proceda a la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la incorporación de una aspirante a la relación de aprobados del proceso selectivo como consecuencia de la estimación de un recurso, disponiéndose la publicación de los puestos a ofertar, otorgándole un plazo de diez días naturales para que solicite destino.
Una vez ha finalizado dicho plazo de presentación, y comprobado que la aspirante ha aportado la documentación acreditativa del cumplimiento de las condiciones de capacidad y requisitos exigidos en la convocatoria, procede su nombramiento como funcionaria de carrera.
Corresponde al titular de la Dirección General de Planificación de Recursos Humanos la competencia para nombrar como personal funcionario de carrera y como personal laboral fijo, a propuesta del tribunal de selección, a quienes superen las correspondientes pruebas, así como adjudicar los destinos de los mismos, sin perjuicio de las competencias atribuidas al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de conformidad con lo dispuesto en el apartado 14.º 1.2.c) del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Economía, Innovación y Hacienda (BOCM número 172 de 21 de julio de 2023).
En su virtud
RESUELVO
PRIMERO.- Nombrar funcionaria de carrera en la categoría de Técnico/a Especialista Actividades Deportivas del Ayuntamiento de Madrid a D.ª Carmen Dácil Peraza Urbieta conforme al anexo de esta resolución, de acuerdo con la puntuación final obtenida, con indicación del destino que se le adjudica. Ello de conformidad con la propuesta formulada por el órgano de selección de las pruebas selectivas convocadas por Resolución de 30 de noviembre de 2022 del Director General de Planificación de Recursos Humanos (BOAM número 9276, de 2 de diciembre de 2022), para proveer, mediante el sistema de concurso, 238 plazas de esta categoría, en aplicación de la convocatoria excepcional de estabilización de empleo temporal de larga duración prevista en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público, la cual está encuadrada en la escala de Administración Especial, subescala Servicios Técnicos, grupo C, subgrupo C1, de los establecidos en el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, en relación con su disposición transitoria tercera.
SEGUNDO.- De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 62.1.c) del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, para adquirir la condición de funcionario/a de carrera la aspirante deberá prestar acto de acatamiento de la Constitución, de conformidad con lo establecido en el Real Decreto 707/1979, de 5 de abril, por el que se establece la fórmula de juramento en cargos y funciones públicas, y tomar posesión de su destino en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid. Transcurrido el plazo de un mes, los/as aspirantes que no hayan tomado posesión perderán todos los derechos adquiridos durante el proceso selectivo, quedando anuladas todas sus actuaciones.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán interponerse los recursos que se indican a continuación:
I. Recurso potestativo de reposición, previo al contencioso-administrativo, ante el mismo órgano que dictó la resolución, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a partir del día siguiente a la fecha de la publicación, en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de la presente resolución, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC) y artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa (LJCA).
II. Contra la resolución expresa del recurso de reposición, recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la fecha en que reciba la notificación de la resolución del recurso (artículos 123 apartado 2.º y 124 LPAC y 46 LJCA).
III. Si en el plazo de un mes desde la interposición del recurso de reposición no ha recaído resolución expresa, se entenderá desestimado y podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el órgano competente de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a aquel en que haya terminado el plazo para resolver expresamente el recurso de reposición (artículos 124 y 24 LPAC y 46 LJCA).
IV. Todo ello, sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 40.2 LPAC).
Madrid, a 17 de marzo de 2025.- El Director General de Planificación de Recursos Humanos, Antonio Sánchez Díaz.