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BOAM nº 9525 (07/12/2023)
Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias

3594

Decreto de 30 de noviembre de 2023 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, de modificación del Decreto de 19 de septiembre de 2023, por el que se aprueban instrucciones relativas a los Consejos de Proximidad de los Distritos de Madrid.

Mediante Decreto de 19 de septiembre de 2023 de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, se aprueban las "Instrucciones relativas a los Consejos de Proximidad de los Distritos de Madrid".

 

Por Acuerdo de 19 de octubre de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, se modificaron los Acuerdos de 29 de junio de 2023, de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias y del Área de Gobierno de Obras y Equipamientos. En su virtud, se atribuye la Oficina de Accesibilidad al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias por lo que la competencia sobre accesibilidad que antes correspondía a la Mesa de Obras y Equipamientos pasa a ser competencia de la Mesa de Seguridad y Participación Ciudadana.

 

Por otra parte, en el apartado 3.3 de las instrucciones, en lo referente a las categorías del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos que pueden participar en la Mesa de Políticas Sociales, por error se incluyó la mención a la categoría "12 Cooperación al Desarrollo", que no se corresponde con ninguna de las del Censo, por lo que procede su rectificación, al amparo de lo establecido en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que permite a las administraciones públicas rectificar en cualquier momento los errores de hecho existentes en sus actos.

 

Por todo ello, de conformidad con las competencias atribuidas a la titular del área de gobierno en materia de participación ciudadana por el apartado 3.º 2.14 del Acuerdo de 29 de junio de 2023, de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Modificación del decreto de 19 de septiembre de 2023.

Modificar el apartado 2.1 de las "Instrucciones relativas a los Consejos de Proximidad de los Distritos de Madrid" aprobadas por Decreto de 19 de septiembre de 2023, de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, en lo referente a las Mesas de Seguridad y Participación Ciudadana y de Obras y Equipamientos, toda vez que por Acuerdo de 19 de octubre de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, la Oficina de Accesibilidad, se asigna al Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, que quedan redactadas de la siguiente forma:

 

-Mesa de Seguridad y Participación Ciudadana (Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias): atención a la ciudadanía; transparencia y calidad de los servicios; datos abiertos; protección de datos personales; sugerencias y reclamaciones; coordinación y desconcentración territorial; planes estratégicos de inversión territorial; coordinación y supervisión de las políticas municipales en los distritos; participación ciudadana; promoción de la salud y de la salud pública; drogodependencias; policía municipal; protección civil; SAMUR, bomberos y accesibilidad.

 

-Mesa de Obras y Equipamientos (Área de Gobierno de Obras y Equipamientos): gestión del patrimonio municipal; obras en espacio público; mantenimiento de los equipamientos municipales y construcción de equipamientos.

 

SEGUNDO.- Rectificación del error material del decreto de 19 de septiembre de 2023.

Rectificar el apartado 3.3. de las "Instrucciones relativas a los Consejos de Proximidad de los Distritos de Madrid",conforme al artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en lo referente a las categorías del Censo Municipal de Entidades y Colectivos Ciudadanos que pueden participar en la Mesa de Políticas Sociales, al mencionar por error la categoría "12 Cooperación al Desarrollo", que no se corresponde con ninguna de las del Censo, de forma que

 

 

donde dice:

 

- Mesa de Políticas Sociales: 1. De madres y padres del Alumnado. 4. De personas mayores, jubiladas y pensionistas. 7. Familias. 8. Infantiles. 9. Juveniles. 12. Cooperación al desarrollo. 13. De Inmigrantes. 14. De Mujeres. 16. Para la cooperación al desarrollo. 17. De derechos humanos. 18. De personas con discapacidad. 19. De personas LGTBI. 21.De estudiantes/alumnado. 23. Otras de Acción Social.

 

debe decir:

 

- Mesa de Políticas Sociales: 1. De madres y padres del Alumnado. 4. De personas mayores, jubiladas y pensionistas. 7. Familias. 8. Infantiles. 9. Juveniles. 13. De Inmigrantes. 14. De Mujeres. 16. Para la cooperación al desarrollo. 17. De derechos humanos. 18. De personas con discapacidad. 19. De personas LGTBI. 21.De estudiantes/alumnado. 23. Otras de Acción Social.

 

TERCERO.- Eficacia.

El presente decreto surtirá efectos desde la fecha de su adopción, sin perjuicio de su publicación en el "Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid", así como en la página web del Ayuntamiento de Madrid www.madrid.es.

 

Madrid, a 30 de noviembre de 2023.- La Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, Portavoz, Seguridad y Emergencias, María Inmaculada Sanz Otero.

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