Saltar navegación

BOAM nº 10022 (09/12/2025)
Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad

4575

Decreto de 4 de diciembre de 2025 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad por el que se resuelve la convocatoria pública de subvención para la adquisición de vehículos eurotaxi y autotaxi, Cambia 360, correspondiente a la anualidad 2025.

Mediante Decreto de 28 de marzo de 2025 del Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, se aprueba la convocatoria pública de subvención Cambia 360 para la adquisición de vehículos eurotaxi y autotaxi correspondiente a la anualidad 2025 (en adelante, Convocatoria), publicada en el BOCM número 82 y en el BOAM número 9.855, ambos de 7 de abril de 2025, mediante un procedimiento de concurrencia competitiva.

 

El crédito inicial destinado a esta convocatoria asciende a un millón ochocientos cincuenta mil euros (1.850.000 €) y se ha ampliado en doscientos mil euros (200.000 €) por Decreto del Delegado del Área de Gobierno Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad de fecha 30 de octubre de 2025, publicado en BOAM núm. 10.000, del 5 de noviembre de 2025, vinculado a la concesión de las subvenciones del tramo 1 y 2, por lo que la cuantía total del crédito de la convocatoria asciende a dos millones cincuenta mil euros (2.050.000 €).

 

La Propuesta de Resolución Provisional, de 4 de noviembre de 2025, del Subdirector General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi propone la relación de personas beneficiarias y no beneficiarias de la convocatoria pública de subvención para la adquisición de vehículos eurotaxi y autotaxi correspondiente a la anualidad 2025 (BOAM número 10.001, de 6 de noviembre de 2025).

 

Dentro del plazo habilitado para formular alegaciones, D. David Alcaide Labarga, titular de la licencia 15175, ha presentado escrito renunciando a la subvención motivo por el que se le incluye en la relación de personas no beneficiarias del Anexo II, y D. Anghal Fabián Pinales, titular de la licencia 12122, ha subsanado el cumplimiento de los requisitos motivo por el que se le incluye en la relación de personas beneficiarias del Anexo I.

 

La convocatoria establece que tendrán preferencia sobre las restantes las solicitudes de subvención del tramo 1 (vehículos eurotaxi nuevos) presentadas en tiempo y forma. Si existiera sobrante en el crédito total consignado en la convocatoria se destinará a las solicitudes de subvención del tramo 2 (vehículos eurotaxi de segunda mano) y sólo si siguiera existiendo crédito, serían evaluadas las solicitudes de subvención del tramo 3 (vehículos autotaxi "0 emisiones" nuevos).

 

A la vista del número de solicitudes presentadas y la vinculación de la ampliación del crédito exclusivamente a la concesión de las subvenciones de los tramos 1 y 2, resulta insuficiente el crédito para poder evaluar las solicitudes de subvención del tramo 3 que, de este modo, son propuestas para su desestimación por falta de crédito.

 

Además, en los autotaxis eléctricos del tramo 3, dado que no se proponen los solicitantes como beneficiarios por insuficiencia de crédito disponible, no se ha verificado el cumplimiento de las deudas.

 

La Propuesta de Resolución Definitiva de 24 de noviembre de 2025 del Subdirector General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi de la convocatoria pública de subvención para la adquisición de vehículos eurotaxi y autotaxi, Cambia 360, correspondiente a la anualidad 2025 (BOAM número 10.014, de 26 de noviembre de 2025), propone la relación definitiva de beneficiarios y desestimados de la subvención. De acuerdo con dicha propuesta, la subvención se entenderá aceptada por el beneficiario si no manifiesta su renuncia expresa en el plazo de 5 días naturales desde la publicación de la propuesta en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el apartado noveno de la convocatoria. Habiendo transcurrido el plazo indicado en el párrafo anterior, no se ha recibido manifestación de renuncia o desistimiento por parte de ningún interesado.

 

En el ejercicio de las competencias conferidas por el artículo 3.º 1.9 del Acuerdo de 29 de junio de 2023 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de organización y competencias al Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad (BOCM núm. 172, de 21 de julio de 2023), y en cumplimiento de lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante, la LGS) y en la Ordenanza de 30 de octubre de 2013 de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos (en adelante, la OBRGS), y, una vez formulada la Propuesta de Resolución definitiva de la Subdirección General de Regulación de la Circulación y del Servicio del Taxi de 24 de noviembre de 2025,

 

DISPONGO

 

PRIMERO.- Aprobar la concesión de la subvención a favor de 106 personas beneficiarias, titulares de licencia de eurotaxi que se relacionan en el Anexo I , de conformidad con lo establecido en el artículo 28 de la OBRGS y en el apartado 11 de esta convocatoria, al acreditarse que se han cumplido los requisitos exigidos en la convocatoria.

 

Tramo 1: 97 vehículos eurotaxis nuevos.

Tramo 2: 9 vehículos eurotaxis de segunda mano.

 

Esta subvención se imputará a la aplicación presupuestaria 001/150/133.01/779.99.

 

SEGUNDO.- Desestimar las 315 solicitudes que se relacionan en el Anexo II, por los motivos especificados en las claves de desestimación, al no reunir las condiciones y requisitos exigidos en la convocatoria.

 

TERCERO.- Este decreto surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid. Los Anexos I y II de este decreto se publicarán íntegramente en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid y en la página web municipal, www.madrid.es/taxi.

 

CUARTO.- De conformidad con los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y, a efectos de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, el Ayuntamiento de Madrid remitirá a la Base de Datos Nacional de Subvenciones la información pertinente relativa a las subvenciones adjudicadas.

 

Contra este decreto, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de reposición ante el Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad en el plazo de un mes, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses. El cómputo de ambos plazos será desde el día siguiente al de la publicación del presente Decreto en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, todo ello sin perjuicio de que el interesado utilice cualquier otro recurso que estime procedente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

 

Madrid, a 4 de diciembre de 2025.- El Delegado del Área de Gobierno de Urbanismo, Medio Ambiente y Movilidad, Francisco de Borja Carabante Muntada.

Subir Bajar