BOAM nº 8754 (22/10/2020)
Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte
1811
Resolución de 21 de octubre de 2020 de la Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte por la que se ordena la publicación del Decreto de la Delegada del Área de Gobierno de Cultura Turismo y Deporte, de fecha 21 de octubre de 2020, por el que se concede un plazo para la subsanación de las solicitudes presentadas en la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020.Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes a la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020, y en virtud de las facultades que me han sido delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, publicado en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid de fecha 22 de julio de 2019, y de conformidad con el artículo 12 de la correspondiente convocatoria y el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas, resuelvo:
Ordenar la publicación oficial del Decreto de la titular del área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, de fecha 21 de octubre de 2020, con el siguiente contenido:
"La titular del Área de Gobierno, Turismo y Deporte por Decreto de 24 de julio de 2020, dispone el inicio y ordena la tramitación, de la convocatoria pública de subvenciones en régimen simplificado de concurrencia competitiva, destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020.
La Junta de Gobierno de la ciudad de Madrid, en su sesión de 27 de agosto, autoriza el gasto de 1.000.000,00 euros, destinado a la financiación de la convocatoria de estas subvenciones.
La titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, por Decreto de 3 de septiembre de 2020, aprueba la convocatoria y las bases de estas ayudas, que son publicadas en el BOCM y en el BOAM el 16 de septiembre de 2020; estas bases contemplan un plazo de presentación de solicitudes de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOCM.
Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes, procede conceder un plazo para subsanar los defectos de estas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 13 de las bases de la convocatoria.
Por todo ello y a la vista de la memoria que antecede de la Directora General de Programas y Actividades Culturales, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.1 n) de la ley 22/ 2006, de 4 de julio, de Capitalidad y de Régimen Especial de Madrid y en virtud de las competencias delegadas por Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de 4 de julio de 2019 de organización y competencias del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte,
DISPONGO
"Conceder un plazo de 10 días hábiles, contados a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, para la subsanación de las solicitudes presentadas que no reúnen los requisitos de la convocatoria pública de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a espacios independientes de creación contemporánea 2020, que se relacionan en el Anexo adjunto, indicándoles que si no lo hiciesen se les tendrá por desistidos en su solicitud, previa resolución de la titular del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte".
Madrid, a 21 de octubre de 2020.- La Secretaria General Técnica del Área de Gobierno de Cultura, Turismo y Deporte, Carmen González Fernández.