BOAM nº 7545 (24/11/2015)
Distrito de San Blas-Canillejas
2121
Resolución de 19 de noviembre de 2015 del Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas por la que se publica la notificación de la orden de suspensión y legalización de obras efectuada a Construcciones Integrales Habitat Reform, S.L., expediente número 117/2015/01337.Intentada sin efecto la notificación al interesado, y de conformidad con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a la notificación y edicto, por medio del presente anuncio, de la resolución de orden de suspensión y legalización de obras en la calle San Narciso, 28, planta baja, puerta 3, expediente número 117/2015/01337, pudiendo consultar el texto íntegro en la Sección de Disciplina Urbanística y Procedimiento Sancionador del Distrito de San Blas-Canillejas, avenida de Arcentales, 28.
El Gerente de este Distrito, mediante Resolución de fecha 25 de marzo de 2015, y en virtud de las atribuciones conferidas por delegación de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid de fecha 24 de enero de 2013, y del Director de la Agencia Tributaria Madrid, mediante Resolución de 26 de diciembre de 2012, ha dispuesto lo siguiente:
"Ordenar la suspensión inmediata de las obras de acondicionamiento puntual de vivienda con redistribución del espacio interior que se realizan en la calle San Narciso, 28, planta baja, puerta 3, de conformidad con lo establecido en el artículo 193 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid y requerir a Construcciones Integrales Habitat Reform, S.L., para que, en el plazo de dos meses, solicite la legalización o, en su caso, ajuste las obras o los usos a la licencia u orden de ejecución, según lo dispuesto en el artículo 194 de la misma norma, con la advertencia de que en caso de incumplimiento, se procederá conforme a lo dispuesto en el artículo 195.3 del mismo texto".
Lo que le notifico para su conocimiento y efectos, advirtiéndole que, contra la expresada resolución podrá interponer los recursos que se indican a continuación.
I.- Recurso potestativo de reposición, ante el Gerente de este Distrito, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación, de conformidad con la siguiente normativa:
- Con carácter general: Artículos 107 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (LRJPAC).
- En especial, para actos sobre aplicación y efectividad de los tributos locales y restantes ingresos de derecho público: Disposición Adicional Quinta LRJPAC, artículo 108 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local y artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Sin perjuicio de la interposición de la reclamación económico administrativa conforme a lo dispuesto en los artículos 18 y 38 del Reglamento Orgánico por el que se regula el Tribunal Económico Administrativo Municipal del Ayuntamiento de Madrid, así como el procedimiento para la resolución de las reclamaciones de su competencia.
II.- Directamente, salvo en el supuesto previsto en el párrafo anterior, recurso contencioso administrativo, ante el órgano jurisdiccional competente, en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la recepción de la presente notificación (artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa).
III.- Todo ello sin perjuicio de que el interesado ejercite cualquier otro recurso que estime pertinente (artículo 58 LRJPAC).
Madrid, a 19 de noviembre de 2015.- El Gerente del Distrito de San Blas-Canillejas, José Luis de Pablo Trabalón.