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BOAM nº 6035 (05/10/2009)
Madrid Salud

1921

Resolución de 2 de octubre de 2009 del Gerente del Organismo Autónomo Madrid Salud por la que se hacen públicas las bases de la convocatoria del V premio “Madrid Previene” a las mejores prácticas en materia de prevención de riesgos laborales.

Bases de la convocatoria del V premio "Madrid Previene" a las mejores prácticas en materia de prevención de riesgos laborales.

 

PRIMERA. Objeto.

 

El Ayuntamiento de Madrid, a través del Organismo Autónomo Madrid Salud que, por delegación de competencias de fecha 18 de junio de 2007 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, gestionará la Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Autónomos, convoca el V premio "Madrid Previene" a las mejores prácticas en materia de prevención de riesgos laborales, a fin de mejorar y reconocer la dedicación y labor realizada a favor de la seguridad de los trabajadores, bajo la perspectiva de eficacia de gestión preventiva, siempre de acuerdo a las prescripciones de la legislación vigente, y en concreto de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales.

 

SEGUNDA. Mejores prácticas.

 

El V premio "Madrid Previene" reconocerá la mejor experiencia de actuación en la prevención de riesgos que haya implantado nuevos sistemas, acciones o medidas de prevención, en el ámbito del Ayuntamiento de Madrid, de empresas participadas, Consorcios y Organismos Autónomos. Estas acciones deben cumplir los siguientes requisitos:

- Que aporten medidas o iniciativas innovadoras en relación con la mejora de las condiciones concretas de seguridad y/o salud, además del estricto cumplimiento de la normativa de prevención aplicable en su caso.

- Que se hayan demostrado eficaces en la mejora de las condiciones de seguridad y salud, reflejándose en una disminución de los índices de siniestralidad y/o absentismo laboral, o en forma de manifestación positiva de los trabajadores y trabajadoras o Comités de Seguridad y Salud. Será considerada como determinante la aportación de informes de eficacia, extendidos por los Servicios competentes o el Comité de Seguridad y Salud.

- Que dichas experiencias sean transferibles, de modo que puedan ser aplicadas de alguna forma a otras unidades municipales.

- Que supongan la integración efectiva y estable de la prevención en la gestión integral del Ayuntamiento, Organismos Autónomos, Empresas y Consorcios.

- Que hayan contribuido a lograr un mayor grado de satisfacción y participación de los trabajadores.

 

Entre otras, se valorarán las acciones preventivas relacionadas con:

 

1. La eliminación de los riesgos en las etapas previas al inicio de la ejecución del trabajo, a través de:

- Planificación y diseño efectivo de los lugares de trabajo.

- Procedimientos de licitación eficaces.

- Buenas prácticas en la adquisición de equipos y materiales.

 

2. La eficacia preventiva para los riesgos para la salud y la seguridad, a través de:

- Soluciones e innovaciones eficientes en materia preventiva, de promoción de las condiciones de trabajo o dirigidas a elevar el nivel de protección de la seguridad y la salud de los trabajadores.

 

3. La comunicación efectiva de información sobre riesgos y medidas preventivas:

- Cursos de formación.

- Campañas de prevención.

- Jornadas.

 

4. Gestión de la seguridad y salud laborales:

- Organización preventiva y sistema de gestión.

- La gestión efectiva de los edificios municipales.

- Planificación preventiva y medidas adoptadas para minimizar los riesgos mediante la programación y la planificación de los trabajos, la corrección de causas de accidentes/incidentes y enfermedades profesionales. Sistemas de seguimiento de la planificación preventiva.

- La coordinación efectiva entre los distintos agentes con responsabilidad en materia de seguridad y salud laboral.

- Actividad desarrollada por Comités de Seguridad para la prevención de los riesgos de su Ayuntamiento.

- Nuevas formas de organizar el trabajo desde el punto de vista de la calidad de vida laboral.

- Desarrollo de sistemas de comunicación como herramienta clave para crear y desarrollar la nueva cultura preventiva, que conlleva la implicación de todas las partes.

 

5. Eficacia de las experiencias y/o proyectos:

- Buenas prácticas en la estructura organizacional del trabajo.

- Orientación y aplicación efectiva al lugar de trabajo.

- Riesgos eliminados o reducidos en el origen mediante una gestión eficaz.

- Mejoras evidenciadas.

- Sostenibilidad en el tiempo.

 

TERCERA. Premio y distinciones.

 

- El premio consistirá en la entrega de una metopa y diploma acreditativo que incluirá el nombre/s del/los galardonado/s, año de la convocatoria y motivo de la distinción. Además el ganador o ganadores del premio, tendrán derecho a asistir a un congreso de relevante interés en el ámbito de la prevención de riesgos laborales. La inscripción a este congreso será sufragada por el Organismo Autónomo Madrid Salud. Los gastos que origine el transporte y alojamiento, en su caso, correrán por cuenta de los asistentes al mismo.

- Se podrán otorgar distinciones especiales del premio y/o diplomas de finalista a las candidaturas mejor valoradas tras la ganadora, en caso de considerarlo conveniente y si se consideran trabajos de marcado interés. Estas distinciones podrán ser:

- De ámbito organizativo (colectivo, unidad, departamento, etc.).

- De ámbito personal (individual).

 

CUARTA. Aspirantes.

 

Podrá participar en la presente convocatoria, cualquier unidad administrativa municipal, o cualquier trabajador/a, que hayan promovido y desarrollado una mejora en materia preventiva en el Ayuntamiento de Madrid, conforme a las mejores prácticas recogidas en la base segunda y que pertenezcan a:

- Ayuntamiento de Madrid.

- Organismos Autónomos del Ayuntamiento de Madrid.

- Empresas Mixtas, Empresas Públicas y Consorcios con participación municipal.

- Queda excluido el personal adscrito al Servicio de Prevención de Riesgos Laborales del Ayuntamiento de Madrid.

 

Asimismo también podrán concurrir proyectos en fase de implantación.

La presentación de candidaturas podrá realizarse por los propios aspirantes o a través de la persona u órgano que acredite su debido consentimiento.

Las unidades o trabajadores participantes no podrán haber sido premiados con anterioridad con el Premio "Madrid Previene".

 

QUINTA. Dossier y documentación.

 

Las personas que aspiren al V premio "Madrid Previene" presentarán, por correo postal o bien personalmente, un sobre sin remitente ni identificación externa en el Registro de Madrid Salud, ubicado en la calle Juan Esplandiú, 11, planta baja, dirigido a la Dirección General de Salud Pública, calle Juan Esplandiú, 11-13, 4ª planta, 28007 de Madrid.

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