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BOAM nº 8573 (03/02/2020)
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid

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Acuerdo de 30 de enero de 2020 de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid por el que se aprueba someter a consulta pública previa la modificación del Reglamento Orgánico de los Distritos de la Ciudad de Madrid.

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (LPAC), regula en su artículo 133 la participación de los ciudadanos en el procedimiento de elaboración de normas con rango de Ley y reglamentos, señalando que, con carácter previo a la elaboración de la norma, se sustanciará una consulta pública previa en la que se recabará la opinión de los ciudadanos y de las organizaciones más representativas que potencialmente se puedan ver afectados por la misma.

 

Para dar cumplimiento a lo dispuesto en la citada Ley, la Junta de Gobierno ha aprobado las Directrices sobre la consulta pública previa en el procedimiento de elaboración de las normas municipales, mediante Acuerdo de 20 de octubre de 2016.

 

Estando vigente el Reglamento Orgánico de los Distritos de la ciudad de Madrid, aprobado por Acuerdo del Pleno de 23 de diciembre de 2004, se estima oportuno modificar sustancialmente dicho reglamento, con el fin de impulsar su actividad y funcionamiento. Por ello y para conocer la opinión de la ciudadanía y así poder efectuar las modificaciones en el planteamiento inicial que se estimen pertinentes, se considera conveniente someter a consulta pública las cuestiones generales sobre su regulación y funcionamiento.

 

El apartado tercero de las Directrices establece que corresponderá a la Junta de Gobierno, a propuesta de la Coordinación General de la Alcaldía y titulares de las Áreas de Gobierno competentes por razón de la materia, acordar el sometimiento a consulta pública.

 

En su virtud, a propuesta de la Delegada del Área de Gobierno de Vicealcaldía, previa deliberación, la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su reunión de 30 de enero de 2020,

 

ACUERDA

 

Primero.- Someter a consulta pública previa la modificación del Reglamento Orgánico de los Distritos de la Ciudad de Madrid, durante un plazo de 15 días naturales.

 

Segundo.- El presente Acuerdo surtirá efectos desde el día de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.

 

Madrid, a 30 de enero de 2020.- La Directora de la Oficina del Secretario de la Junta de Gobierno, Ángela Pérez Brunete.

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