BOAM nº 7872 (23/03/2017)
Agencia Tributaria Madrid
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Resolución de 21 de marzo de 2017 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid por la que se rectifican errores advertidos en la de 15 de marzo de 2017, por la que se convoca Concurso General de Méritos FG-AT 2/2017 para la provisión de puestos de trabajo.Advertidos errores en el Anexo I de la Resolución de 15 de marzo de 2017 del Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, por la que se convoca Concurso General de Méritos FG-AT 2/2017 para la provisión de once puestos de puestos de trabajo, publicada en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid número 7.870, de 21 de marzo de 2107, y, en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 15.1.l) de los Estatutos del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid,
RESUELVO
PRIMERO.- Rectificar los siguientes errores advertidos en el Anexo I "Listado de Puestos de Trabajo Concurso General de Méritos FG-AT 2/2017":
- En los puestos 30226195, 30226196, 30227981 y 30216470, con denominación Administrativo/a-Auxiliar, convocados con número de orden 3, 4, 5 y 6, en la columna correspondiente a "descripción del puesto de trabajo" debe incluirse el siguiente párrafo: "Registro de firmas electrónicas de FNMT Usuarios (persona física) y de empleados públicos municipales (interna)".
- En el puesto 30226195, con denominación Administrativo/a-Auxiliar, convocado con número de orden 3, en la columna correspondiente a "descripción del puesto de trabajo", donde dice "Alcalá, 4", debe decir "Alcalá, 45)".
- En el puesto 30189527, con denominación Auxiliar Administrativo/a, convocado con número de orden 8, en la columna correspondiente a "localización del puesto", donde dice "Sección Adjunta IBI Zona 2", debe decir "Sección Adjunta IBI Zona 1".
SEGUNDO.- Abrir un nuevo plazo de presentación de solicitudes para los puestos 30226195, 30226196, 30227981 y 30216470, con denominación de Administrativo/a-Auxiliar, y para el puesto 30189527, con denominación Auxiliar Administrativo/a, convocados con número de orden 3, 4, 5, 6 y 8, de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid, manteniéndose la validez de las instancias presentadas durante el plazo inicial.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, directamente, de conformidad con en el artículo 8.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid.
Todo ello sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Madrid, a 21 de marzo de 2017.- El Director del Organismo Autónomo Agencia Tributaria Madrid, José Antonio Díaz de Cerio Villamayor.